Agencia comercial - Comisión - Del mandato - De los contratos y obligaciones mercantiles - Decreto 410 de 1975, por el cual se expide el Código de Comercio - Código de Comercio. Comentarios - Concordancias - Doctrina - Jurisprudencia - Libros y Revistas - VLEX 396732458

Agencia comercial

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas841-848

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ARTICULO 1317. AGENCIA COMERCIAL. Por medio del contrato de agencia, un comerciante asume en forma independiente y de manera estable el encargo de promover o explotar negocios en un determinado ramo y dentro de una zona prefijada en el territorio nacional, como representante o agente de un empresario nacional o extranjero o como fabricante o distribuidor de uno o varios productos del mismo.

La persona que recibe dicho encargo se denomina genéricamente agente.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· Código de Comercio: Arts. 20 num. 8, 25, 835 y 1262.

· *Resolución Reglamentaria DIAN No. 4240 de 2000: Art. 9-2

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· CONCEPTO 220-40041 DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 2001. SUPERSOCIEDADES.

Agencia comercial.

· CONCEPTO 220-14851 DE 30 DE ABRIL DE 2001. SUPERSOCIEDADES.

Agencia comercial.

· CONCEPTO 00034404 DE 23 DE JUNIO DE 2000. SUPERINDUSTRIA Y COMERCIO. El contrato de agencia comercial no ha sido modificado por las normas de promoción a la competencia y prácticas comerciales restrictivas.

JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· EXPEDIENTE 00171-01 DE 4 DE ABRIL DE 2008. M. P. DRA. RUTH MARINA DÍAZ RUEDA. Elementos principales de la Agencia Comercial.

· EXPEDIENTE 4701 DE 31 DE OCTUBRE DE 1995. M. P. DR. PEDRO LAFONT PIANETTA. De los aspectos legales y jurídicos de la Agencia Comercial.

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ARTICULO 1318. EXCLUSIVIDAD A FAVOR DEL AGENTE. Salvo pacto en contrario, el empresario no podrá servirse de varios agentes en una misma zona y para el mismo ramo de actividades o productos.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· CONCEPTO 220-14851 DE 30 DE ABRIL DE 2001. SUPERSOCIEDADES.

Agencia comercial.

· CONCEPTO 00034404 DE 23 DE JUNIO DE 2000. SUPERINDUSTRIA Y COMERCIO. El contrato de agencia comercial no ha sido modificado por las normas de promoción a la competencia y prácticas comerciales restrictivas.

· ARRUBLA PAUCAR, Jaime Alberto. Contratos Mercantiles. TOMO II. Contratos Típicos. Biblioteca Jurídica Dike. 12ª Edición. 2008. Pág. 281.

"Es de la naturaleza de la agencia mercantil la exclusividad a favor del agente y la no exclusividad a favor del empresario agenciado. Sin embargo, por estipulación expresa en el contrato, las partes pueden acordar lo contrario.

Quiere decir lo anterior que si nada se expresa en el contrato, el empresario no puede valerse de otros agentes para la conquista del marcado y colocación de sus productos. Se entiende de esta manera implícita la cláusula de exclusividad a favor del agente mercantil por disposición del artículo 1318 del Código de Comercio.

En cambio se dice, el agente sí puede contratar y agenciar a otros empresarios diferentes. Solamente, por la inclusión de una estipulación accidental podría restringirse al agente esta posibilidad, es decir, pactar exclusiva a favor del empresario agenciado.

La exclusividad a favor del agente comprende la zona prefijada del territorio nacional donde el agente cumplirá su encargo".

ARTICULO 1319. EXCLUSIVIDAD A FAVOR DEL AGENCIADO. En el contrato de agencia comercial podrá pactarse la prohibición para el agente de promover o explotar, en la misma zona y en el mismo ramo, los negocios de dos o más empresarios competidores.

CONCORDANCIAS:

· Código de Comercio: Art. 839.

ARTICULO 1320. CONTENIDO DEL CONTRATO DE AGENCIA COMERCIAL. El contrato de agencia contendrá la especificación de los poderes o facultades del agente, el ramo sobre que versen sus actividades, el tiempo de duración de las mismas y el territorio en que se desarrollen, y será inscrito en el registro mercantil.

No será oponible a terceros de buena fe exenta de culpa la falta de algunos de estos requisitos.

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COMENTARIO: CONTRATO DE AGENCIA COMERCIAL.

Según el código de comercio, el contrato de Agencia comercial es un contrato por medio del cual una persona o empresa, encarga a otra persona o empresa denominada agente, para que venda sus productos, los produzca o preste sus servicios, en un determinado territorio, actuando de forma independiente y estable como representante de uno o varios de sus productos o servicios.

Se requiere de registro mercantil, es decir, el contrato de agencia comercial debe inscribirse en la cámara de comercio con jurisdicción en el lugar donde se van a ejecutar las actividades y en el lugar de la celebración del contrato.

El contrato de...

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