Resolución número 0129 de 2007, por medio de la cual se designa el Representante de la Dirección y se crean el Comité de Apoyo a la Alfa Dirección y el Comité Técnico de Gestión para el diseño, implementación y mejoramiento continuo del Sistema de Gestión de Calidad con base en la norma NTCGP 1000:2004, del Sistema de Control Interno de acuerdo al Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005, y del Sistema de Desarrollo Administrativo Sisteda, en la Universidad Surcolombiana - 26 de Noviembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51634674

Resolución número 0129 de 2007, por medio de la cual se designa el Representante de la Dirección y se crean el Comité de Apoyo a la Alfa Dirección y el Comité Técnico de Gestión para el diseño, implementación y mejoramiento continuo del Sistema de Gestión de Calidad con base en la norma NTCGP 1000:2004, del Sistema de Control Interno de acuerdo al Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005, y del Sistema de Desarrollo Administrativo Sisteda, en la Universidad Surcolombiana

EmisorEntes Universitarios Autónomos
Número de Boletín46824

El Rector de la Universidad Surcolombiana, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 15 del articulo 31 del Acuerdo 075 de 1994 -Estatuto General-, y CONSIDERANDO:

Que los organismos de direccion y gobierno de la universidad, segun lo establecido en el articulo 15 del Acuerdo 075 de 1994, son responsables del establecimiento formal de un sistema de evaluacion y control de gestion, acorde con las necesidades propias de la entidad en el marco de la norma basica definida por la Ley 87 de 1993 y demas disposiciones legales relacionadas vigentes;

Que el Decreto 1599 del 20 de mayo de 2005, adopto el Modelo Estandar de Control Interno para el Estado Colombiano, el cual determina las generalidades y la estructura necesaria para establecer, documentar, implementar y mantener un Sistema de Control Interno en las entidades y agentes obligados conforme el articulo 5° de la Ley 87 de 1993;

Que mediante acuerdo 025 de 2006, el Consejo Superior Universitario, adopto el Modelo Estandar de Control Interno MECI 1000:2005, en la Universidad Surcolombiana;

Que el Presidente del Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno, mediante Circular numero 03 del 27 de diciembre de 2005, en el articulo 4° establece para las entidades y organismos publicos del orden nacional y Territorial conformar con un equipo de trabajo institucional, con servidores publicos de la entidad, de caracter multidisciplinario, con representatividad de todas las areas organizacionales de la Entidad, el cual debera ser coordinado y supervisado por el Representante de la Direccion designado. Adicionalmente señala que teniendo en cuenta que el sistema de gestion de calidad es complementario al Sistema de Control Interno, de acuerdo con lo previsto en el paragrafo del articulo 3° de la Ley 872 de 2003, "... el Comite de Coordinacion de Control Interno puede asumir las veces de Comite de Calidad que comunmente se conforma al interior de la Entidad para implementar el Sistema de Gestion de Calidad y el equipo MECI", citado anteriormente homologarse al equipo de calidad que se conforma, para apoyar lo documentacion del Sistema de Calidad a traves del Representante de la Direccion;

Y teniendo en cuenta que la norma NTCGP 1000:2004, previo en su numeral 1.3, refiriendose a la complementariedad de los sistemas de control interno, que se debe tener especial cuidado en la identificacion de los elementos comunes entre los sistemas, con el fin de evitar duplicidad de esfuerzos, y que tales sistemas y los demas que se han enunciado en la presente resolucion ordenan la creacion de Comites Institucionales al interior de lo Entidad o el nombramiento de representantes de la Direccion para encargarse de los asuntos señalados en cada perceptiva, se hace necesaria la creacion de un solo Comite Tecnico que se encargue del desarrollo de las funciones previstas en las normas citadas;

Que el citado Decreto en su articulo 2° determina, el establecimiento y desarrollo del Sistema de Control...

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