AMV propone modificación a su estructura organizacional - Proyectos Normativos del Autorregulador del Mercado de Valores - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 904958671

AMV propone modificación a su estructura organizacional

Fecha de publicación15 Agosto 2018
Fecha de Fin de Comentarios Públicos28 Agosto 2018
EstatusCerrado
Proyecto de reforma a la estructura organizacional de AMV
Página 1 de 37
Proyecto de modificación al Reglamento de AMV
Reforma a la estructura organizacional
TEXTO VIGENTE
TEXTO PROPUESTO
Artículo 12.1 Vicepresidente de Cumplimiento y Disciplina.
Corresponde al Vicepresidente de Cumplimiento y
Disciplina directamente, o a través de las Gerenci as de
Monitoreo, Supervisión e Investigación y Disciplina, el
desarrollo de las funcione s de supervisión y disciplinaria de
AMV. Para el efecto coordinará y ejecutará las siguientes
actividades:
a. Seguimiento al comportamiento del mercado de
valores y a las actividades de intermediación de los sujetos
de autorregulación;
b. Monitoreo y vigilancia de las transacciones realizadas
en los diferentes sistemas de negociación en donde
actúen los sujetos de autorregulación, así como las
operaciones celebradas en el mercado mostrador que
sean objeto de registro;
c. Diseño y ejecución de visitas generales o selectivas a los
sujetos de autorregulación, al igual que adelantar visitas
especiales a dichos sujetos, en relación con sus
actividades de intermediación en el mercado de valores;
d. Requerimiento de información a los sujetos de
autorregulación y a terceros, por cualquier medio, en
relación con la celebración de operaciones en el
mercado de valores y otras formas de intermediación en
dicho mercado;
e. Evaluación y trámite de las quejas presentadas por los
sujetos de autorregulación, clientes de éstos y terceros y
adelantar las averiguaciones necesarias;
f. Diseño e implementación de sistemas de alertas para
identificar operaciones irregulares celebradas o
registradas en el mercado de valores;
g. Celebraci ón de planes de ajuste y desempeño con el
fin de elevar los estándares de conducta y operación en
el mercado de valores;
Artículo 12.1 Vicepresidente de Cumplimiento y
DisciplinaGestión Preventiva.
Corresponde al Vicepresidente de Cumplimiento y
Disciplina Gestión Preventiva directamente, o a través de
la las Gerencias Gerencia de Moni toreo y Vigilancia y/o la
Gerencia de, Supervisión e Investigación y Disciplina, el
desarrollo de las funci ones de supervisión y disciplinaria de
AMV. Para el efecto coordinará y ejecutará las siguientes
actividades:
a. Seguimiento al comportamiento del mercado de
valores y a las actividades de intermediación de los sujetos
de autorregulación;
b. Monitoreo y vigilancia de las transacciones realizadas
en los diferentes sistemas de negociación en donde
actúen los sujetos de autorregulación, así como las
operaciones celebradas en el mercado mostrador que
sean objeto de registro;
c. Diseño y ejecución de visitas generales o selectivas a los
sujetos de autorregulación, al igual que adelantar visitas
especiales a dichos sujetos, en relación con sus
actividades de intermediación en el mercado de valores;
d. Requerimiento de información a los sujetos de
autorregulación y a terceros, por cualquier medio, en
relación con la celebración de operaciones en el
mercado de valores y otras formas de intermediación en
dicho mercado;
e. Evaluación y trámite de las quejas presentadas por los
sujetos de autorregulación, clientes de éstos y terceros y
adelantar las averiguaciones necesarias;
fe. Di seño e i mplementación de sistemas de alertas para
identificar operaciones irregulares celebradas o
registradas en el mercado de valores;
gf. Celebración de planes de ajuste y desempeño con el
fin de elevar los estándares de conducta y operación en
el mercado de valores;
Proyecto de reforma a la estructura organizacional de AMV
Página 2 de 37
h. Ejecutar las actividades de supervisión preventiva;
i. Instrucción de procesos disciplinarios, incluyendo entre
otros, la solicitud formal de explicaciones, el decreto,
práctica y recaudo de pruebas, la evaluación de las
explicaciones y la formulación de los cargos;
j. Adelantar las investigaciones que se requieran, en
relación con las actividades de intermediación por parte
de los sujetos de autorregulación;
k. Requerimiento de información a los sujetos de
autorregulación y a terceros que sea necesaria en
desarrollo de investigaciones y procesos disciplinarios;
l. La negociación de acuerdos de terminación anticipada;
m. Todas las demás gestiones relacionadas con la
iniciación, trámite y finalización de procesos disciplinarios;
n. Velar por que exista unidad de criterio jurídico y técnico
en el cumplimiento de las funciones asignadas a esta
Vicepresidencia;
o. Participar en representación de AMV en los diferentes
comités de industria, según directriz del Presidente;
p. Atender los requerimientos que efectúen los
organismos de vigilancia y control y terceros en general,
en relación con materias o actividades referidas a sus
funciones;
q. En el ámbito de sus funciones, efectuar el archivo de
actuaciones cuando éste sea procedente;
r. Preparar los traslados a las autoridades competentes de
hechos conocidos por AMV cuando ello resulte pertinente;
s. Las demás funciones que correspondan a la natural eza
de esta Vicepresidencia y aquellas adicionales que sean
asignadas por el Presidente.
g. Ejecutar las actividades de supervisión preventiva;
i. Instrucción de proc esos disciplinarios, incluyendo entre
otros, la solicitud formal de explicaciones, el decreto,
práctica y recaudo de pruebas, la evaluación de las
explicaciones y la formulación de los cargos;
j. Adelantar las investigaciones que se requieran, en
relación con las actividades de intermediación por parte
de los sujetos de autorregulación;
k. Requerimiento de información a los sujetos de
autorregulación y a terceros que sea necesaria en
desarrollo de investigaciones y procesos disciplinarios;
l. La negociación de acuerdos de terminación anticipada;
m. Todas las demás gestiones relacionadas con la
iniciación, trámite y finalización de procesos disciplinarios;
nih. Velar por que exista unidad de criterio jurídico y
técnico en el cumplimiento de las funciones asignadas a
esta Vicepresidencia;
o. Participar en representación de AMV en los diferentes
comités de industria, según directriz del Presidente;
pi. Atender los requerimientos que efectúen los
organismos de vigilancia y control y terceros en general,
en relación con materias o actividades referidas a sus
funciones;
q. En el ámbito de sus funciones, efectuar el archivo de
actuaciones cuando éste sea procedente;
rj. Preparar los traslados a l as autoridades competentes de
hechos conocidos por AMV cuando ello resulte pertinente;
sk. Las demás funciones que c orrespondan a la naturaleza
de esta Vicepresidencia y aquellas adic ionales que sean
asignadas por el Presidente.
Artículo 12.1.1 Gerente de Monitoreo y Vigilancia.
Corresponde al Gerente de Monitoreo y Vigilancia la
ejecución de las siguientes funciones:
a. Seguimiento al comportamiento del mercado de
Artículo 12.1.1 Gerente de Monitoreo y Vigilancia.
Corresponde al Gerente de Monitoreo y Vigilancia la
ejecución de las siguientes funciones:
a. Seguimiento al comportamiento del mercado de
Proyecto de reforma a la estructura organizacional de AMV
Página 3 de 37
valores y a las actividades de intermediación de los sujetos
de autorregulación;
b. Monitoreo y vigilancia de las transacciones realizadas
en los diferentes sistemas de negociación en donde
actúen los sujetos de autorregulación, así como las
operaciones celebradas en el mercado mostrador que
sean objeto de registro;
c. Diseño e implementación de sistemas de alertas para
identificar operaciones irregulares celebradas o
registradas en el mercado de valores y el trámite de
dichas alertas;
d. Adelantar las investigaciones que se requieran, en
relación con las actividades de intermediación por parte
de los sujetos de autorregulación, en el ámbito de sus
funciones;
e. Requerimiento de información a los sujetos de
autorregulación y a terceros, por cualquier medio, que
sea necesario en el ámbito de sus funciones;
f. Atender los requerimientos que efectúen los organismos
de vigilancia y control y terceros en general, en relación
con materias o actividades referidas a sus funciones;
g. Las demás funciones que correspondan a la naturaleza
de esta gerencia y aquellas adicionales que sean
asignadas por el Presidente.
valores y a las actividades de intermediación de los sujetos
de autorregulación;
b. Monitoreo y vigilancia de las transacciones realizadas
en los diferentes sistemas de negociación en donde
actúen los sujetos de autorregulación, así como las
operaciones celebradas en el mercado mostrador que
sean objeto de registro;
c. Diseño e implementación de sistemas de alertas para
identificar operaciones irregulares celebradas o
registradas en el mercado de valores y el trámite de
dichas alertas;
d. Adelantar las investigaciones actuaciones que se
requieran, en relación con las actividades de
intermediación por parte de los sujetos de
autorregulación, en el ámbito de sus funciones;
e. Requerimiento de información a los sujetos de
autorregulación y a terceros, por cualquier medio, que
sea necesario en el ámbito de sus funciones;
f. Atender los requerimientos que efectúen los organismos
de vigilancia y control y terceros en general, en relación
con materias o actividades referidas a sus funciones;
g. Las demás funciones que correspondan a la naturaleza
de esta gerencia y aquellas adi cionales que sean
asignadas por el Presidente.
Artículo 12.1.2 Gerente de Supervisión.
Corresponde al Gerente de Supervisión la ejecución de las
siguientes funciones:
a. Diseño y ejecución de visitas generales o selectivas a los
sujetos de autorregulación, al igual que adelantar visitas
especiales a dichos sujetos, en relación con sus
actividades de intermediación en el mercado de valores;
b. Requerimiento de información a los sujetos de
autorregulación y a terceros, en el ámbito de sus
funciones;
c. Diseño e implementación de sistemas de vigilancia para
identificar operaciones irregulares celebradas o
registradas en el mercado de valores;
Artículo 12.1.2 Gerente de Supervisión.
Corresponde al Gerente de Supervisión la ejecución de las
siguientes funciones:
a. Diseño y ejecución de visitas generales o selectivas a los
sujetos de autorregulación, al igual que adelantar visitas
especiales a dichos sujetos, en relación con sus
actividades de intermediación en el mercado de valores;
b. Requerimiento de información a los sujetos de
autorregulación y a terceros, en el ámbito de sus
funciones;
c. Diseño e implementación de sistemas de vigilancia para
identificar operaciones irregulares celebradas o
registradas en el mercado de valores;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR