AMV propone modificar el Reglamento de Autorregulación Voluntaria en Divisas - Proyectos Normativos del Autorregulador del Mercado de Valores - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 904958666

AMV propone modificar el Reglamento de Autorregulación Voluntaria en Divisas

Fecha de publicación17 Diciembre 2020
Fecha de Fin de Comentarios Públicos14 Enero 2021
EstatusCerrado
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Propuesta de reforma al Reglamento de Autorregulación Voluntaria en Divisas
Introducción
El esquema de autorregulación voluntaria en divisas ha sido un escenario relevante
para la elevación de estándares del mercado cambiario, la protección de los
inversionistas, el fortalecimiento del capital reputacional de la industria y la
promoción de la integridad y el desarrollo ordenado de dicho mercado.
Con el objetivo de robustecer el esquema actual, en 2020 el Comité de Divisas de
AMV revisó de manera integral el Reglamento de Autorregulación Voluntaria en
Divisas (RAVD) como principal cuerpo normativo que rige las normas de dicho
esquema. El análisis evidenció algunos aspectos positivos dentro de los que se
destacan: i) la existencia de deberes, obligaciones y conductas que velan por la
protección de los inversionistas; ii) una descripción detallada de las funciones de
autorregulación y el alcance del modelo en el mercado cambiario; iii) el
establecimiento de reglas generales de gobierno corporativo del Comité de
Divisas, con una orientación al apoyo de la función normativa; y iv) una descripción
adecuada del alcance de la función de AMV como entidad certificadora.
Adicionalmente, se identificaron oportunidades de ajuste orientadas a incluir o
modificar normas del Reglamento, con los siguientes objetivos:
a) Robustecer el esquema de autorregulación voluntaria en divisas y elevar los
estándares éticos y profesionales a través de la adopción de conductas y
deberes aplicables al mercado cambiario.
Se consideró oportuno incluir deberes aplicables al mercado cambiario y que no
están previstos en el RAVD, orientados a que los intermediarios del mercado
cambiario (IMC) y sus personas naturales vinculadas (PNV) actúen con base en
principios de lealtad, equidad y reserva. Adicionalmente, con el objetivo de velar
por la transparencia y por la protección de los inversionistas, se pretende fortalecer
deberes relacionados con la debida administración de conflictos de interés.
Por último, se incluyen dos conductas orientadas a: i) prohibir que los sujetos de
autorregulación, en desarrollo de sus actividades, obtengan provecho indebido
para sí o para un tercero; y ii) el desarrollo de actividades autorizadas a los IMC,
con base en criterios de mercado y para los fines para los cuales se autorizaron.
b) Promover la profesionalización de las personas naturales vinculadas.
Actualmente, la modalidad de certificación como operador de divisas no es
exigible para aquellos operadores que, estando en una mesa de negociación,
celebren operaciones en el mercado mostrador que no estén sujetas al deber de
registro, es decir que sean por montos inferiores a USD $250.000 o su equivalente en
otras monedas.

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