Análisis del marco jurídico que regula las actividades de exploración y explotación de recursos naturales en el espacio ultraterrestre
Autor | Daniel Enrique Rey Mora |
Páginas | 21-77 |
Antes de partir con el estudio y la conceptualización del derecho
internacional del espacio ultraterrestre, y con en análisis puntual de
las normas que regulan las actividades de exploración y explotación
de recursos naturales en el espacio, es preciso referirse a la noción
los objetos principales sobre los que versa este escrito.
sido tratadas por amplios sectores de la doctrina internacional, así
como por distintas disciplinas como el derecho o la biología, pues,
para ser pensado en la investigación social ( 2009).
respecto de estos bienes físicos de la naturaleza (
De acuerdo con
de ser aprovechado en su estado natural por el ser humano para
la satisfacción de sus necesidades” (p. 8); este tipo de materias
comportan un carácter esencial para la subsistencia humana, es decir,
son conditio sine qua non para la preservación de la vida.
fauna, los combustibles, el agua, los minerales, la órbita de satélites
Los primeros son aquellos que, con una gestión adecuada, se
regeneran a la misma o mayor velocidad de la que se consumen, por
22
lo que pueden mantenerse y aumentar en el tiempo, como el agua o el
sol; los segundos son entendidos como aquellos de cantidad limitada,
cuya tasa de consumo es mayor a su tasa de renovación, por ende,
no aumentan con el paso del tiempo, como el petróleo, el carbón o el
de los recursos naturales que se ha dado a nivel internacional, que
se encuentra bien delimitada y se enlista en virtud del estatus legal
de cada recurso (P 2014). Es importante mencionar que la
instrumentos internacionales de la Organización de las Naciones
(i) recursos naturales
sobre los que existe soberanía permanente, (ii) recursos naturales
compartidos, (iii) recursos naturales sujetos a propiedad común, y
(iv) recursos que conforman patrimonio común de la humanidad. A
SOBERANÍA PERMANENTE
los que los Estados pueden ejercer derecho de uso y libre disposición.
Para estos casos, el reconocimiento de soberanía permanente sobre
los recursos, según la Resolución 1803, responde al “elemento básico
del derecho a la libre determinación”.
Este estatus legal ha surgido como consecuencia del principio
de igualdad soberana de los Estados, especialmente, el derecho de
disponer de sus recursos en ejercicio de su poder soberano. Reconoce
el derecho inalienable de todo Estado a disponer,
libremente, de sus riquezas y recursos naturales en conformidad con
sus intereses nacionales” (pár r. 4).
23
donde se evidenció la consciente importancia y urgencia de garantizar
la conservación y explotación de los recursos naturales compartidos
por 2 o más Estados, esto en el marco de un sistema efectivo de
De este modo, es una categoría intermedia en la que los recursos
no pueden ser controlados exclusivamente, por un único Estado, pues
se hallan en el territorio común de dos o más Estados que tienen
derechos compartidos sobre ellos ( 2014) .
de la jurisdicción de los Estados; en estos escenarios, todos los Estados
pueden hacer uso legítimo, individual y razonable de los recursos
por un Estado único, en ese sentido, cualquier Estado puede usar,
legítimamente, estos recursos siempre y cuando no declare soberanía
exclusiva sobre ellos 2016 ).
se atribuyen a la humanidad en su conjunto, por ello, deben ser
de propiedad común, en este escenario todos los Estados deben
este estatus legal cobija a los recursos que se encuentran en el espacio
que se encuentran en alta mar.
La Real Academia Española, por ejemplo, expresó la relación
indisoluble entre el concepto de patrimonio común de la humanidad,
y las materias presentes en la Luna y otros cuerpos celestes, para
Espacio que se sustrae de la sobe ranía de los Estados y se atri buye
a la humanidad en su c onjunto, regido por el principio de uso libre
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba