Anexo 2 - 18 de Agosto de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43140444

Anexo 2

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín44132

DIARIO OFICIAL 44.132 ANEXO 2 18/08/2000 Generaciones de seguridad por restricciones Es función del Centro Nacional de Despacho (CND) identificar y clasificar las Restricciones del SIN, así como, definir las Generaciones de Seguridad asociadas con dichas Restricciones en cada Sub-Área y Área Operativa del Sistema. 1. Cálculo de las Generaciones de Seguridad Diariamente el CND realizará el siguiente proceso, para determinar las Generaciones de Seguridad y los límites de intercambio que definen el Despacho Programado. a) Información Requerida Demanda. Pérdidas. Base de Datos de Evaluación de Restricciones Eléctricas. Base de Datos de Características Técnicas de Unidades y Plantas. Precios de Ofertas. Disponibilidades Declaradas. Generación de Menores. Regulación Primaria. Generación de Seguridad solicitada por Operadores de Red (ver literales a) y b) del siguiente numeral). Mantenimientos de Activos de Uso del STN, Conexión al STN y Activos de STR a Nivel IV. B) Predespacho ideal El CND encontrará para cada una de las veinticuatro (24) horas del Despacho, sin tener en cuenta las inflexibilidades de las unidades y/o plantas de generación y sin considerar las Restricciones del SIN, un Predespacho Ideal tal que: donde: i: Indexa a los Generadores t: Indexa las Horas del Día Pof: Precio de Oferta Q: Disponibilidad Declarada c) Análisis de restricciones eléctricas y requerimientos de soporte de tensión sobre el predespacho ideal El CND establecerá las Restricciones Eléctricas y Requerimientos de Soporte de Tensión sobre el Predespacho Ideal, teniendo en cuentas la Generación de Seguridad solicitada por los OR, para soporte de tensión en sus Sistemas a niveles de voltaje inferiores al nivel IV (Ver literal b) del siguiente numeral) y la información disponible en la Base de Datos de Evaluación de Restricciones Eléctricas; d) Predespacho programado El CND encontrará para cada una de las veinticuatro (24) horas del Despacho, sin tener en cuenta las inflexibilidades de las unidades y/o plantas de generación y considerando las Restricciones del SIN identificadas en el literal anterior, un Predespacho Programado tal que: donde: i: Indexa a los Generadores t: Indexa las Horas del Día Pof: Precio de Oferta Q: Disponibilidad Declarada e) Despacho Programado Preliminar El CND encontrará para cada una de las veinticuatro (24) horas del Despacho, tomando como dado el Predespacho Programado, un Despacho Programado Preliminar sujeto a las siguientes reglas: Para...

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