Auto número 0452 de 2008, por medio del cual se admite y aboca conocimiento de la solicitud de trámite de concesión de aguas superficiales y permiso de vertimientos líquidos, presentada por Anita Queta de Yoge, para cultivo de peces y funcionamiento de estanques piscícolas - 1 de Febrero de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51666064

Auto número 0452 de 2008, por medio del cual se admite y aboca conocimiento de la solicitud de trámite de concesión de aguas superficiales y permiso de vertimientos líquidos, presentada por Anita Queta de Yoge, para cultivo de peces y funcionamiento de estanques piscícolas

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Territorial Putumayo
Número de Boletín47250
6
DIARIO OFICIAL
Edición 47.250
Domingo 1° de febrero de 2009
Artículo 9°. Compulsar copia del presente auto a la Procuraduría Judicial, Ambiental y
Agraria de Nariño y Putumayo, para lo de su competencia y nes pertinentes.
Artículo 10. El presente auto rige a partir de la fecha de su expedición.
Notifíquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Mocoa, a 1° de agosto de 2008.
El Director Territorial Putumayo,
Leonel Ceballos Ruiz.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Banco Agrario de Colombia 0304871.
19-IX-2008. Valor $15.400.
AUTO DTP NUMERO 0452 DE 2008
(agosto 1°)
por medio del cual se admite y aboca conocimiento de la solicitud de trámite de concesión
de aguas superciales y permiso de vertimientos líquidos, presentada por la señora Anita
Queta de Yoge, identicada con cédula de ciudadanía 27357517 expedida en Valle del
Guamuez (Putumayo), para cultivo de peces y funcionamiento de estanques piscícolas,
localizado en el Resguardo Indígena Santa Rosa del Guamuez, jurisdicción del municipio
de Valle del Guamuez, departamento del Putumayo.
El Director de la Territorial Putumayo de la Corporación para el Desarrollo Sostenible
del Sur de la Amazonia, Corpoamazonia, en uso de sus facultades constitucionales, legales,
y reglamentarias especialmente las conferidas por la Ley 99 de 1993 artículo 31 numerales
2, 9, 11, 12, 13 y 17, artículos 35 y 49, Decreto 2811 de 1974 artículos 88-97, Decreto 1541
de 1978 artículos 30, 36 y 208, Decreto 1594 de 1984 artículo 72, Ley 344 de 1996, artículo
28, Resolución número 029 de 2004 emanada de Corpoamazonia y Acuerdo 002 de febrero
de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que el 30 de julio de 2008, se recibió en la Unidad Operativa Zona Petrolera de la Direc-
ción Territorial Putumayo de Corpoamazonia, Concesión de aguas superciales y permiso de
vertimientos líquidos, presentada por la señora Anita Queta de Yoge, identicada con cédula
de ciudadanía 27357517 expedida en Valle del Guamuez (Putumayo), para cultivo de peces y
funcionamiento de estanques piscícolas localizado en el Resguardo Indígena Santa Rosa del
Guamuez, jurisdicción del municipio de Valle del Guamuez, departamento del Putumayo.
Que la presente solicitud contiene la siguiente documentación:
– La concesión de agua es para cultivo de peces y funcionamiento de un (1) estanque,
que ocupa un espejo de agua de 600 m2.
– Fotocopia de la cédula de la solicitante.
– Fotocopia de autorización por parte del gobernador del resguardo.
– El solicitante anexa un documento de usufructo de un predio denominado El Naranjito
con una extensión de ocho hectáreas (8), localizado en el resguardo Cofán de Santa Rosa
del Guamuez.
– La fuente de abastecimiento es la Quebrada La Rayita que atraviesa el predio; el caudal
solicitado para el desarrollo del proyecto es de 2 lts/seg por un término de cinco (5) años.
– Un dibujo a mano alzada de los estanques con las dimensiones de los mismos.
– Los vertimientos generados por la actividad piscícola se dispondrán sobre la Quebrada
La Rayita.
Que de acuerdo con la Ley 99 de 1993, artículo 35, Decreto 2811/74, Decreto 1541/78,
artículos 30 y 208, para una concesión de Agua y permiso de vertimientos líquidos, requiere
el permiso de Corpoamazonia.
Que la señora Anita Queta de Yoge, presentó la información y documentación necesarias,
con los anexos correspondientes para iniciar el trámite, el cual se radicó bajo el Código CO-
06-86-865-X-002-062-08 y PE-06-86-865-X-002-062-08.
Que en mérito de lo expuesto, se
DISPONE:
Artículo 1°. Admitir y abocar conocimiento de la solicitud del trámite de concesión de
aguas superciales y permiso de vertimientos líquidos, presentada por la señora Anita Queta
de Yoge, identicada con cédula de ciudadanía 27357517 expedida en Valle del Guamuez
(Putumayo), para cultivo de peces y funcionamiento de estanques piscícolas localizado en
el Resguardo Indígena Santa Rosa del Guamuez, jurisdicción del municipio de Valle del
Guamuez, departamento del Putumayo.
Artículo 2°. Fíjese aviso de concesión de agua por un lapso de diez (10) días en la Alcaldía
Municipal de Valle del Guamuez y en la cartelera de la Unidad Operativa Zona Petrolera
- Ocina La Hormiga, con los datos del área donde se pretende realizar la concesión, para
quienes se consideren tener derecho a oponerse a esta solicitud, lo hagan aportando la docu-
mentación necesaria a que hubiere lugar.
Artículo 3°. Desígnese a la Unidad Operativa Zona Petrolera - Ocina La Hormiga, para
que liquide, notique, realice visita técnica de evaluación, emita concepto técnico y demás
trámites que implican la expedición de la resolución correspondiente.
Artículo 4°. La admisión de la solicitud dispuesta en este auto no obliga a Corpoamazonia
a otorgar los trámites solicitados quedando sujeto al concepto técnico de evaluación y demás
requisitos legales.
Artículo 5°. Todos los costos que se ocasionen en el trámite, correrán a cargo del solicitante,
incluyendo el valor por concepto de visitas de evaluación según Resolución número 029 del
14 de enero de 2004 de Corpoamazonia, quien deberá consignar a favor de Corpoamazonia el
valor de $2.400.00, en Tesorería sede Mocoa, o en la Cuenta Corriente número 7910000669-5
del Banco Agrario de La Hormiga y anexar el recibo al expediente.
Artículo 6°. La suma indicada en este proveído deberá ser cancelada dentro de los se-
senta (60) días siguientes a la noticación del presente auto y para efectos de acreditación
a la cancelación de los costos indicados, el usuario deberá presentar copia del recibo de
consignación ante la Unidad Operativa Zona Petrolera, para que sea anexado al Expediente
CO-06-86-865-X-002-062-08 y PE-06-86-865-X-002-062-08.
Artículo 7°. Notifíquese personalmente del contenido del presente auto a la señora Anita
Queta de Yoge.
Artículo 8°. Publíquese el contenido del presente auto en el Diario Ocial dentro de los
cinco (5) días hábiles siguientes a la noticación del presente auto y allegar el correspon-
diente recibo de consignación a la Unidad Operativa Zona Petrolera - Ocina La Hormiga
de la Territorial Putumayo de Corpoamazonia, para que obre dentro del expediente; de no
publicarse el contenido del auto en el término establecido se entenderá desistimiento por parte
del usuario del trámite y se procederá al cierre del expediente.
Artículo 9°. Compulsar copia del presente auto a la Procuraduría Judicial, Ambiental y
Agraria de Nariño y Putumayo, para lo de su competencia y nes pertinentes.
Artículo 10. El presente auto rige a partir de la fecha de su expedición.
Notifíquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Mocoa, a 1° de agosto de 2008.
El Director Territorial Putumayo,
Leonel Ceballos Ruiz.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Banco Agrario de Colombia 0304867.
18-IX-2008. Valor $15.400.
AUTO DTP NUMERO 0453 DE 2008
(agosto 1°)
por medio del cual se admite y aboca conocimiento de la solicitud de trámite de conce-
sión de aguas superciales y permiso de vertimientos líquidos, presentada por el señor
Luis Alberto Alpalá Yoge, identicado con cédula de ciudadanía 1122337638 expedida en
San Miguel (Putumayo), para cultivo de peces y funcionamiento de estanques piscícolas,
localizado en el Resguardo Indígena Santa Rosa del Guamuez, jurisdicción del municipio
de Valle del Guamuez, departamento del Putumayo.
El Director de la Territorial Putumayo de la Corporación para el Desarrollo Sostenible
del Sur de la Amazonia, Corpoamazonia, en uso de sus facultades constitucionales, legales,
y reglamentarias especialmente las conferidas por la Ley 99 de 1993 artículo 31 numerales
2, 9, 11, 12, 13 y 17, artículos 35 y 49, Decreto 2811 de 1974 artículos 88-97, Decreto 1541
de 1978 artículos 30, 36 y 208, Decreto 1594 de 1984 artículo 72, Ley 344 de 1996, artículo
28, Resolución número 029 de 2004 emanada de Corpoamazonia y Acuerdo 002 de febrero
de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que el 30 de julio de 2008, se recibió en la Unidad Operativa Zona Petrolera de la Di-
rección Territorial Putumayo de Corpoamazonia, concesión de aguas superciales y permiso
de vertimientos líquidos, presentada por el señor Luis Alberto Alpalá Yoge, identicado con
cédula de ciudadanía 1122337.638 expedida en San Miguel (Putumayo), para cultivo de peces
y funcionamiento de estanques piscícolas localizado en el Resguardo Indígena Santa Rosa del
Guamuez, jurisdicción del municipio de Valle del Guamuez, departamento del Putumayo.
Que la presente solicitud contiene la siguiente documentación:
– La concesión de agua es para cultivo de peces y funcionamiento de un (1) estanque,
que ocupa un espejo de agua de 750 m2.
– Fotocopia del documento de identidad.
– El solicitante anexa un documento de usufructo de un predio denominado La Montañita
con una extensión de dos hectáreas 500 metros cuadrados (2,5), localizado en el resguardo
Cofán de Santa Rosa del Guamuez.
– Fotocopia de autorización por parte del gobernador del resguardo.
– La fuente de abastecimiento es un aoramiento natural que reside en el predio; el caudal
solicitado para el desarrollo del proyecto es de 2 lts/seg por un término de cinco (5) años.
– Un dibujo a mano alzada del estanque con las dimensiones del mismo.
– Los vertimientos generados por la actividad piscícola se dispondrán sobre una quebrada
sin nombre.
Que de acuerdo con la Ley 99 de 1993, artículo 35, Decreto 2811/74, Decreto 1541/78,
artículos 30 y 208, para una concesión de agua y permiso de vertimientos líquidos, requiere
el permiso de Corpoamazonia.
Que el señor Luis Alberto Alpalá Yoge, presentó la información y documentación necesa-
rias, con los anexos correspondientes para iniciar el trámite, el cual se radicó bajo el Código
CO-06-86-865-X-002-063-08 y PE-06-86-865-X-002-063-08.
Que en mérito de lo expuesto, se
DISPONE:
Artículo 1°. Admitir y abocar conocimiento de la solicitud del trámite de concesión de
aguas superciales y permiso de vertimientos líquidos, presentada por el señor Luis Alberto
Alpalá Yoge, identicado con cédula de ciudadanía 1122337638 expedida en San Miguel
(Putumayo), para cultivo de peces y funcionamiento de estanques piscícolas localizado en
el Resguardo Indígena Santa Rosa del Guamuez, jurisdicción del municipio de Valle del
Guamuez, departamento del Putumayo.
Artículo 2°. Fíjese aviso de concesión de agua por un lapso de diez (10) días en la Alcaldía
Municipal de Valle del Guamuez y en la cartelera de la Unidad Operativa Zona Petrolera
- Ocina La Hormiga, con los datos del área donde se pretende realizar la concesión, para
que quienes se consideren tener derecho a oponerse a esta solicitud, lo hagan presentando la
documentación necesaria y argumentos que a ello hubiere lugar.

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