Acuerdo número 067 de 2013, por el cual se dictan disposiciones sobre el aporte de las Instituciones de Educación Superior al Fondo de Sostenibilidad del Crédito Educativo
Emisor | Entidades Financieras de Naturaleza Especial - Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios en el Exterior |
Número de Boletín | 49000 |
La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex), en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias en especial de las que le confiere la Ley 1002 de diciembre 30 de 2005, el numeral 1 del artículo 9º del Decreto 1050 del 6 de abril de 2006, el Acuerdo 013 del 24 de febrero de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia, en los artículos 67 y 69 contempla la educación como un derecho de la persona y un servicio público, estipula que el Estado facilitará los mecanismos financieros para propiciar el acceso a las personas a la educación superior.
Que el numeral 1 y 4 del artículo 9º del Decreto 1050 del 6 de abril de 2006 establece que es función de la Junta Directiva formular la política general y los planes, programas y proyectos para el cumplimiento del objeto legal del Icetex, de sus funciones y operaciones autorizadas y todas aquellas inherentes a su naturaleza jurídica, acorde con lo dispuesto por la Ley 1002 de diciembre 30 de 2005, y expedir conforme a la ley y a los estatutos del Icetex, los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de las funciones y de las operaciones autorizadas al Icetex como entidad financiera de naturaleza especial.
Que mediante el Acuerdo 040 del 9 de diciembre 2009, se adoptaron las políticas para la sostenibilidad del crédito educativo como mecanismo de fomento de la educación superior y se creó el Fondo de Sostenibilidad del Crédito Educativo.
Que el artículo 5º y 7º del Acuerdo 040 del 09 de diciembre de 2009, establecen: "Se evaluará el desempeño de cada IES, cada dos años, respecto al comportamiento de
los índices de deserción del crédito y de su mora asociada. Dicha evaluación servirá de base, entre otros, para los ajustes pertinentes del porcentaje de aporte de cada IES al Fondo." Y "Crear un Comité de Seguimiento del Fondo de Sostenibilidad del Crédito Educativo, que rendirá informes periódicos a la Junta Directiva del Icetex, incluyendo la evaluación que cada dos (2) años se realice sobre el desempeño de cada institución, respecto a la evolución que registren los índices de deserción del crédito y su...
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