Array - 3 de Noviembre de 2010 - El Tiempo - Noticias - VLEX 226827894

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En Bogotá quedaron prohibidas las fiestas ruidosas en casas y salones comunales; tampoco podrán rechinar los ascensores de los edificios, ni las puertas metálicas y rejas de garajes. En adelante, las iglesias tendrán, también, que abstenerse de retransmitir sus misas y cantos por altoparlantes exteriores.

Todas estas limitaciones, que buscan controlar el excesivo ruido que perturba la tranquilidad ciudadana, están contenidas en la resolución 6918 que la Secretaría Distrital de Ambiente (SDA) expidió el pasado 19 de octubre y que sólo hasta ahora se conoció.

La nueva resolución reglamentó el máximo ruido que los ciudadanos pueden hacer en el interior de las viviendas y establecimientos con un uso institucional.

Es así como en los edificios residenciales, oficinas públicas y privadas, salones comunales y sociales, colegios, iglesias, hospitales y puestos de salud, el ruido no podrá exceder los 55 decibeles en el día y 45 en la noche, tal como lo fija la reglamentación nacional.

Los 55 decibeles equivalen, más o menos, al tono que tiene una conversación normal. Un grito ya supera los 65 decibeles.

Ese límite de ruido quedó fijado, igualmente, para puertas metálicas, estaciones de bombeo, sistemas de refrigeración y plantas...

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