Array - 15 de Noviembre de 2010 - El Tiempo - Noticias - VLEX 227455274

Array

¿Le han clonado su tarjeta débito para sacarle plata de su cuenta? ¿Se le han entrado a su red corporativa y le han robado dinero o información? ¿Le sacaron su computador del carro, en el que usted tenía almacenada información confidencial? Tal vez usted ha corrido a poner una denuncia por hurto y la puso así por el delito equivocado.

Todo porque no sabemos que en Colombia existe la Ley 1273 del 2009, conocida como la de Delitos Informáticos, cuyo propósito es proteger el bien jurídico de la información personal o empresarial. Esta ley contempla delitos como el abuso de sistema y el daño informáticos, la violación de datos personales y la transferencia no consentida de activos, entre otros.

Por ejemplo, cuando se le clona una tarjeta débito y se le retira dinero de su cuenta de ahorros, el delito es, según la ley de delitos informáticos, el de vulnerar su activo de la información. Cuando un computador personal o empresarial es robado, la ley tipifica el robo como violación de datos personales, pues "el que, sin estar facultado para ello, con provecho propio o de un tercero, obtenga, compile, sustraiga, ofrezca, venda, intercambie, envíe, compre, intercepte, divulgue, modifique o emplee códigos personales, datos personales contenidos en ficheros, archivos, bases de datos o medios semejantes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho a noventa y seis meses y en multa de 100 a 1.000 salarios...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR