Resolución número 0758 de 2014, por la cual se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley 1687 de 2013 'por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2014' - 30 de Mayo de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 513767610

Resolución número 0758 de 2014, por la cual se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley 1687 de 2013 'por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2014'

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda
Número de Boletín49167

El Director del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), en ejercicio de las facultades legales establecidas en el numeral 12 del artículo 3º del Decreto-ley 555 de 2003 en concordancia con lo previsto en el artículo 82 de la Ley 1151 de 2007 y el artículo 101 de la Ley 1687 de 2013,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 79 de la Ley 1151 de 2007, por medio de la cual se adopta el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010 "Estado comunitario-Desarrollo para todos" , determina: "Macroproyectos de Interés Social Nacional. El Gobierno Nacional en desarrollo de la presente ley podrá definir, formular, adoptar, ejecutar y financiar los macroproyectos de interés social nacional, y señalar las condiciones para su participación y desarrollo, con el fin de promover la disponibilidad del suelo para la ejecución de programas, proyectos u obras de utilidad pública o interés social. (.)";

Que el Decreto número 4260 de 2007, reglamenta los artículos 79 y 82 de la Ley 1151 de 2007, señalando en su artículo 14 "La ejecución de los Macroproyectos estará a cargo del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) y/o de las entidades territoriales. Las áreas metropolitanas y/o los particulares podrán participar en la ejecución de los Macroproyectos, en los términos que se disponga en el acto administrativo que lo adopte. De acuerdo a lo determinado en el artículo 12 del Decreto-ley 555 de 2003, así como en los artículos 79 y 82 de la Ley 1151 de 2007, el manejo de los recursos para la ejecución de los macroproyectos a cargo de Fonvivienda podrá ser contratado total o parcialmente mediante contratos defiduciamercantil, encargofiduciario, fondosfiduciarios, de mandato, convenios de administración y demás negocios jurídicos que sean necesarios, así como gerencias de proyectos o patrimonios autónomos.

Parágrafo. Para garantizar la transparenciay eficiencia en la administracióny ejecución de los recursos de Fonvivienda, estos serán manejados a través de cuentas separadas";

Que el artículo 15 del Decreto número 4260 de 2007, dispone que: "El Gobierno Nacional podrá financiar directamente o bajo esquemas de participación público-privada los Macroproyectos y contratar las actividades relacionadas con la gerencia, supervisión y seguimiento de cada uno de ellos. Para la ejecución de Macroproyectos las autoridades nacionales y territoriales podrán celebrar contratos de fiducia mercantil, en calidad de

fideicomitentes y/o beneficiarios en los que además podrán ser aportantes los particulares y percibir derechos de participación del fideicomiso";

Que mediante la Resolución número 2353 del 18 de diciembre de 2008, expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial se adoptó el Macroproyecto de Interés Social Nacional denominado "Villas de San Pablo" ubicado en el Distrito de Barranquilla, capital del departamento del Atlántico;

Que mediante la Resolución número 2362 del 18 de diciembre de 2008, modificada por Resolución 2538 del 17 de diciembre de 2009, expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial se adoptó el Macroproyecto de Interés Social Nacional denominado "Ciudad del Bicentenario" ubicado en el Distrito de Cartagena, capital del departamento del Bolívar;

Que la Honorable Corte Constitucional mediante Sentencia C-149 del 4 de marzo de 2010, declaró inexequible el artículo 79 de la Ley 1151 de 2007, por medio de la cual se crea la figura de los Macroproyectos de Interés Social Nacional, estableciendo que: "(...) En el presente caso, la sentencia tiene efectos hacia elfuturo, es decir, a partir del día cinco (5) de marzo de 2010, con lo cual no se produce traumatismo alguno. Las consecuencias de la inexequibilidad se aplicarán para nuevos megaproyectos (sic) y no para aquellos que se encuentren en curso. Se entenderá como megaproyectos (sic) en curso aquellos que se encontraban en alguna de las etapas de identificación y determinación; formulación; adopción o...

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