Asambleas definen la hoja de ruta en las copropiedades - 15 de Febrero de 2018 - El Tiempo - Noticias - VLEX 703318325

Asambleas definen la hoja de ruta en las copropiedades

redacción vivienda@GabrielFlorezG

El Catastro Distrital dio a conocer en días pasados el Censo Inmobiliario de Bogotá, vigencia 2018, en el cual destacó que el 64,9 de los predios de la ciudad son de propiedad horizontal. El dato confirmó la consolidación de este régimen en el desarrollo urbano de la capital y, por lo tanto, la importancia de las asambleas de copropietarios que, de hecho, a comienzos de febrero empezaron a convocarse en edificios y conjuntos del país. Pero hay otro dato relevante: vivienda, comercio, oficinas y hoteles de la ciudad participaron –según el Censo– con del 86 por ciento de los inmuebles que por su usos podrían regirse bajo las normas de propiedad horizontal. Según la abogada especializada en urbanismo, Nora Pabón Gómez, “esto ratifica, aún más, el auge de los desarrollos en altura y, en consecuencia, la necesidad de conservar este patrimonio. Algo en lo que las decisiones de las asambleas son determinantes”. Con esta premisa, la abogada ofrece una guía práctica para llevar a cabo, de la mejor forma, estas reuniones en edificios y conjuntos de diferentes usos. Para comenzar, hay que tener en cuenta que los propietarios de unidades privadas se deben reunir en asamblea sin importar si son de uso residencial, oficinas, centros comerciales o de otras destinaciones. La asamblea ordinaria Los objetivos de esta cita son examinar la situación general y los aspectos económicos y financieros de la propiedad horizontal; aprobar o no las cuentas y balances del último periodo presupuestal, y los informes del administrador y del revisor fiscal, así como avalar el presupuesto de ingresos, gastos e inversiones para la respectiva vigencia. También es importante tomar las medidas para garantizar el cumplimiento de las normas y el reglamento, y aquellas que aseguren el interés común. Importante, además, definir el incremento o la suspensión del fondo de imprevistos cuando se considere necesario. La convocatoria El administrador debe hacer la citación con una antelación no inferior a quince días calendario. Según Pabón, esta debe enviarse a cada propietario a la última dirección registrada y, con esta, debe ir el listado de personas que adeudan expensas comunes; por eso, este representante tiene que llevar el libro de propietarios actualizado e incluir la relación de morosos; además, se recomienda anexar un formato de poder en caso de que los dueños no puedan asistir. La abogada recuerda que “es clave adjuntar los estados...

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