Asesoría Jurídica bajo nueva Regulación Migratoria - Núm. 6, Noviembre 2013 - Artículos de Prietocarrizosa - Noticias - VLEX 474417104

Asesoría Jurídica bajo nueva Regulación Migratoria

AutorÁngela Cubides

Con el fin de incentivar la inversión extranjera y la apertura económica, el gobierno modificó la normativa migratoria, facilitando los trámites a seguir para ingresar a Colombia. Aun así, la asesoría jurídica en estos asuntos resulta de vital importancia.

El pasado 24 de julio el Ministerio de Relaciones Exteriores expidió el Decreto 834 de 2013, en el que estableció nuevas disposiciones en materia migratoria. Esta reforma fue expedida en procura del cumplimiento de varios de los compromisos adquiridos con ocasión de la celebración de diferentes tratados internacionales que, en los últimos años, Colombia ha firmado con diferentes países.

Cumpliendo con el objetivo del Decreto 834 de 2013, el Ministerio de Relaciones Exteriores modifica los requisitos exigidos para cada categoría de visa, 19 en total. Así mismo, facilita el trámite de esta solicitud, con lo que el extranjero podrá aplicar a la misma en un Consulado de Colombia en el exterior, ante el Ministerio de Colombia en el país, y en línea, a través de la página de internet de la cancillería. Antes de la expedición de este Decreto, los extranjeros debían, obligatoriamente, tramitar la mayoría de las visas en un Consulado de Colombia en el exterior, y la solicitud en línea no existía.

Este Decreto no modificó de manera sustancial los requisitos que deben cumplir los extranjeros al momento de aplicar a una determinada visa, sino que reúne en tres clases de visas las diferentes categorías a las que se puede aplicar, de acuerdo con las actividades que la persona aspire a desarrollar a Colombia. También, introduce cambios respecto de los Permisos de Ingreso y Permanencia expedidos por Migración Colombia, que son desconocidos para muchos, y que en ciertas circunstancias resultan ser la mejor opción para ingresar al país por un periodo determinado.

Si bien la política del gobierno es que los trámites ante las distintas entidades públicas se hagan sin intermediarios, en el tema migratorio resulta necesaria la asesoría y acompañamiento de expertos. Lo anterior dado que no solo es necesario determinar la visa o el permiso de ingreso y permanencia aplicable, sino que también lo es el acompañamiento al extranjero en las obligaciones adicionales que surgen luego del otorgamiento del instrumento migratorio correspondiente.

Así las cosas, lo primero que se debe analizar es cuál de las 19 categorías de visa o de los 8 Permisos de Ingreso y Permanencia es el que se adecúa a la situación migratoria del...

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