Así operaría el traslado de fondos de las cuentas abandonadas - Núm. 21, Agosto 2016 - Artículos de Activo Legal - Noticias - VLEX 662226189

Así operaría el traslado de fondos de las cuentas abandonadas

A principios de este año fue promulgada una ley que habilitaba al gobierno para hacerse con los dineros “abandonados” en las cuentas bancarias de los colombianos. Se trataba de la Ley 1777 de 2016.

Recientemente fue publicado el Decreto 953 de 2016 que reglamenta este tema y con el que comenzará a realizarse el traslado de los recursos de las cuentas abandonadas a un fondo especial del ICETEX creado especialmente para estos dineros, a partir del primero de agosto.

Este decreto crea tres tipos de procedimientos: uno para el traslado de los recursos al nuevo fondo independiente del ICETEX, otro para el retiro a favor de los titulares de las cuentas abandonadas y otro último para el reintegro de recursos.

Traslados al fondo

En el primero, se ordena a las entidades financieras que realicen los desembolsos de las cuentas abandonadas a favor del Fondo Especial. Para esto, tales entidades deben, con corte trimestral, remitir los listados de las cuentas abandonadas, sus tasas de interés remuneratorio reconocida y los saldos objeto de traslado al Fondo Especial, 10 días antes de que el ICETEX realice las subastas que tendrán el objetivo de colocar estos recursos en depósitos a la vista y a término emitidos por establecimientos de crédito; para que así se pueda generar rendimiento de estos dineros.

Antes de realizar estas subastas para encontrar el mejor postor para colocar estos dineros, el ICETEX deberá realizar su respectiva convocatoria a los establecimientos de créditos que quieran participar; los cuales deben contar con una calificación de riesgo crediticio de largo plazo superior a AA+.

Luego de la subasta las entidades financieras deberán realizar el traslado de los saldos de las cuentas abandonadas a favor del Fondo Especial. Por cada traslado de saldos se entenderá perfeccionado un contrato de mutuo entre la entidad financiera y el ICETEX.

Así, se creará un contrato de mutuo por cada traslado de saldos proveniente de una determinada cuenta abandonada y a cada uno se le aplicará la tasa de interés remuneratorio igual a la que hubiese sido reconocida por la entidad financiera si se tratara del titular original de la cuenta.

El decreto también establece la conformación de una “reserva de liquidez” para soportar los reintegros de los saldos cuando el cuentahabiente aparezca para exigir su dinero. Esta reserva será de mínimo un 20% que solo podrá ser invertida en depósitos a la vista y se asignará en lotes de...

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