Resolución Número 1265 De 2008, julio 2, por la cual se reconoce Personería Jurídica a la Asociación de Padres de Familia Hogar Múltiple Amanecer Tambeño - 25 de Octubre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43951952

Resolución Número 1265 De 2008, julio 2, por la cual se reconoce Personería Jurídica a la Asociación de Padres de Familia Hogar Múltiple Amanecer Tambeño

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín47153

La Directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Regional Cauca, en uso de sus facultades legales, y estatutarias, especialmente las consagradas en las Resoluciones 0255 de 1988 (febrero 19), y 0614 de 1988 (abril 12), y CONSIDERANDO: Que el señor Elias Rafael Valencia Fernández, identificado con la cédula de ciudadanía número 4666442 expedida en El Tambo (C.), ha solicitado a esta Entidad el reconocimiento de Personería Jurídica a la entidad denominada Asociación de Padres de Familia del Hogar Múltiple Amanecer Tambeño, con domicilio en el municipio de El Tambo, departamento del Cauca;

Que según concepto de la Coordinadora del Grupo Jurídico de esta regional de fecha 27 de junio de 2008, se considera favorable y procedente el reconocimiento de la personería jurídica sobre la base del cumplimiento de los requisitos legales, especialmente los señalados por la Resolución número 000615 del 12 de abril de 1988, modificada por Resolución número 000788 del 29 de abril de 1988;

Que realizado el estudio de los Estatutos, se encuentra que se ajustan a la Constitución y las leyes, no contravienen el orden público, la moral o las buenas costumbres, RESUELVE:

Artículo 1°

Reconocer Personería Jurídica y aprobar los estatutos de la entidad denominada Asociación de Padres de Familia del Hogar Múltiple Amanecer Tambeño, del municipio de El Tambo, departamento del Cauca

Artículo 2°

Inscribir como Representante Legal de la citada Asociación al señor Elias Rafael Valencia Fernández, identificado con la cédula de ciudadanía número 4666442 expedida en El Tambo (C.), hasta tanto se solicite y apruebe nueva inscripción.

Artículo 3°

Esta resolución está gravada con el impuesto de timbre de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 523 del Estatuto Tributario: "...

Artículo 523

Actuacio- nes y documentos sin cuantía gravados con el impuesto. 6.

Cada reconocimiento de personería jurídica..., tratándose de entidades sin ánimo de lucro,...".

Para el año 2008 es de 3 UVT, según INSTRUCTIVO...

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