AUDIENCIA PÚBLICA (MIXTA) DE 2023 (septiembre 21) - 10 de Enero de 2024 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 980619720

AUDIENCIA PÚBLICA (MIXTA) DE 2023 (septiembre 21)

Fecha de publicación10 Enero 2024
Número de Gaceta04
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXIII - Nº 04 Bogotá, D. C., miércoles, 10 de enero de 2024 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
       
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
COMISIÓN PRIMERA CONSTITUCIONAL
PERMANENTE DEL HONORABLE
SENADO DE LA REPÚBLICA
AUDIENCIA PÚBLICA (MIXTA) DE 2023
(septiembre 21)
Convocada por la Mesa Directiva de la
Comisión Primera Constitucional Permanente
del Honorable Senado de la República
Salón Guillermo Valencia - Capitolio
Nacional y en la plataforma virtual Zoom
- Proyecto de Acto Legislativo número
11 de 2023 Senado, por medio del cual
se modican los artículos 216 y 218 de la
Constitución Política para crear la policía
local en los municipios de más de dos
millones de habitantes.
Siendo las 9:32 a. m., del día 21 de septiembre
de 2023, la Presidencia ejercida por el ponente
honorable Senador Alejandro Alberto Vega Pérez,
da inicio a la audiencia pública mixta, previamente
convocada y con la presencia en el Salón de la
Comisión Primera de Senado Salón Guillermo
Valencia - Capitolio Nacional y en la plataforma
virtual Zoom de los honorables Senadores miembros
de la Comisión Primera del Honorable Senado.
El orden del día para la audiencia es el siguiente:
AUDIENCIA PÚBLICA MIXTA
Proyecto de Acto Legislativo número 11 de
2023 Senado, por medio del cual se modican los
artículos 216 y 218 de la Constitución Política para
crear la policía local en los municipios de más de
dos millones de habitantes.
Ponente primer debate: honorable Senador
Alejandro Vega Pérez.
Publicación: proyecto original: Gaceta del
Congreso número 1069 de 2023.
ACTAS DE COMISIÓN
Intervinientes: personas naturales o jurídicas,
para que formulen sus observaciones, inscritos
previamente de conformidad con el artículo 230 de
la Ley 5ª de 1992; e invitados especiales.
Convocada por la Mesa Directiva de la Comisión
Primera Constitucional Permanente del Honorable
Senado de la República.
Mediante Resolución número 04
del 7 de septiembre de 2023
Cuatrienio 2022-2026
Legislatura 2023-2024 primer periodo
Día: jueves 21 de septiembre de 2023
Lugar: Salón Guillermo Valencia -
Capitolio Nacional primer piso
y plataforma Zoom.
Hora: 9:00 a. m.
I
Lectura de la Resolución número 04
del 7 de septiembre de 2023
II
Intervenciones invitados especiales e inscritos
“La Mesa Directiva de la Comisión Primera
Constitucional Permanente del Honorable Senado
de la República informa que, para esta audiencia, la
presencia será mixta a través de la plataforma Zoom,
la invitación para la conexión, el ID y la contraseña
se enviará vía WhatsApp”.
El Presidente,
Honorable Senador Germán Alcides Blanco
Álvarez.
El Vicepresidente,
Honorable Senador Alejandro Alberto Vega
Pérez.
La Secretaria General, Comisión Primera Senado,
Yury Lineth Sierra Torres.
Página 2 Miércoles, 10 de enero de 2024 G 04
Atendiendo instrucciones de la Presidencia por
Secretaría se da lectura a la Resolución número 04
del 7 de septiembre de 2023.
La Secretaria informa que, conforme a la
resolución de esta audiencia y para el conocimiento
de la ciudadanía en general se realizaron las siguientes
gestiones para la divulgación: un aviso para que
fuera publicado en un periódico de circulación
nacional, publicación en la página de la Comisión
Primera del Senado (comisionprimerasenado.com)
y en el Twitter de la Comisión @PrimeraSenado e
    
la publicación en el Canal del Congreso.
La Presidencia interviene para un punto de
orden:
Muchas gracias, Secretaria, nuevamente buenos
días para todos y ya con el ánimo de entrar en materia
al asunto que nos ocupa en la mañana de hoy, quiero
saludar a la doctora Claudia López - Alcaldesa del
Distrito Capital de la ciudad de Bogotá, que nos
acompaña en la mañana de hoy, a sus secretarios
de despacho, a su equipo de trabajo, al doctor
José David Riveros, al General retirado Óscar -
Secretario de Seguridad, a su Secretario Jurídico,
así como también quiero saludar a los delegados del
Ministerio del Interior, al Teniente Coronel Óscar
Gómez - Jefe de Asuntos Legislativos de la Policía
Nacional.
A unos invitados internacionales, al doctor Pablo
Enrique Rodríguez - Director de la Policía de Madrid
– España, a Albert Batlle Bastardas - Teniente Alcalde
del Área de Prevención, Seguridad y Convivencia y
Régimen Interior de Barcelona, a Horacio Rodríguez
Larreta - Jefe de Gobierno en la ciudad Autónoma
de Buenos Aires – Argentina, a Genoveva María
Ferrero - Subsecretaria de Administración de
Seguridad de Buenos Aires – Argentina, a Pablo
Vázquez Camacho - Subsecretario de Participación
Ciudadana y Prevención de la Ciudad de México,
Nahuel Damián Valdez - Docente Investigador de la
Universidad Nacional de Quilmes - Argentina.
Igualmente, a todas las personas que están
presentes en la jornada de hoy, Adolfo Franco
Caicedo - Abogado de la Escuela de Investigación y
Pensamiento Penal Luis Carlos Pérez - Universidad
Nacional de Colombia, a Demelsa Benito Sánchez
Profesora de Derecho Penal de la Universidad
de Deusto - invitada permanente de la Comisión
Distrital de Política Criminal y Tratamiento
Carcelario, a Jerónimo Castillo Muñoz - Director
del área de seguridad de la Fundación Ideas para la
Paz, a Rachel Locke - Director del Laboratorio de
Violencia desigualdad y Poder del Instituto Kroc para
la Paz y la Justicia de la Universidad de San Diego,
a Juliana Franco Calvo - Comisión Asesora Distrital
de Política Criminal y Tratamiento Carcelario, a
José Espinosa y María Teresa Zambrano - miembros
de la ONG Mipofaamcol y del Cabildo abierto, a los
delegados de Acore, al mayor general Héctor Darío
del Colegio General de la Reserva del Servicio.
Y a las demás personas que están hoy conectadas
y haciendo presencia en el recinto, igual un saludo a
los colegas y Senadores, al doctor Humberto De la
Calle, al Senador David Luna y al Presidente de la
Comisión - el Senador Germán Blanco.
Como ponente en esta discusión, Alcaldesa y a
todos los miembros de los distintos sectores, es muy
necesario la jornada de hoy, con el ánimo de rendir
la ponencia en este proyecto de acto legislativo,
el Proyecto número 11 de 2023, que pretende

es de Vital importancia poder recoger las opiniones
y las sugerencias de cada una de las partes que
       
constitucional de la Fuerza Pública.
Hoy no hay duda que la seguridad es una de las
variables y los factores que más están afectando a
los ciudadanos y que los ciudadanos están exigiendo
del estado una respuesta de la seguridad.
Nuestra Constitución del 91 avanzó notablemente
en la descentralización, en la atribución de
competencias a los municipios, distritos y
departamentos y de esta misma manera, con este
G 04 Miércoles, 10 de enero de 2024 Página 3
acto legislativo que pretende en primera medida al
        
Fuerza Pública, es permitir que exista y que coexista
con las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, una
Policía local, que estará a cargo de los municipios y
distritos y del distrito capital, que tengan más de 2
millones de habitantes.
Este acto legislativo se circunscribe a generar
esta posibilidad, este acto legislativo lo que permite
es generar esta posibilidad jurídica que ya en virtud
de la autonomía, aquellos municipios o distritos
o el distrito capital que estén incurso o que estén
dentro de las consideraciones que la Constitución
plantea, puedan a través de sus Concejos Distritales
o Consejos Municipales y en virtud de una ley
posterior que reglamentará, que será expedida por el
Congreso de la República, en el caso de que este acto
     
por las mayorías que tienen asiento en el Congreso,
será el Congreso quien reglamentará a través de
ley la organización, carrera, sistema prestacional,
disciplinario, ascensos y dará la posibilidad a que
los municipios y distritos reglamenten ya bajo su

Yo quiero agradecerles a los autores del
proyecto, a la Senadora Angélica Lozano Correa,
a los Representantes David Carvalho Mejía, Juan
Camilo Londoño, James Mosquera Torres, Álvaro
Monedero Rivera, Diógenes Quintero, Juan Carlos
Wills Ospina, Duvalier Sánchez Arango, Gilberto
Betancourt Pérez, Juan Manuel Cortes Dueñas y,
por supuesto, también el impulso que el Distrito
Capital encabeza suya Alcaldesa, le ha dado para
que esta discusión en el ámbito nacional empiece a
tomar cuerpo y sea aquí en el seno del Congreso,
de esta Comisión Primera, que empecemos a
dar este debate nacional, a escuchar las distintas
posibilidades y podamos nosotros tomar una
decisión en democracia, acudiendo al trámite
correspondiente, que es la reforma constitucional
que en este momento nos ocupa.
Y de esta manera, entonces, quisiera que dándole
a usted, señora Alcaldesa el uso de la palabra,
arranquemos para empezar a escuchar las distintas
opiniones, tenemos varios inscritos, con el ánimo de
racionalizar el tiempo, vamos a dar una metodología
que cada persona tendrá 10 minutos para poder
participar, dejar sus opiniones e intentaremos ir
alternando presencial con virtualidad, para darle
espacio a que todas las personas tanto presenciales
como conectadas, puedan participar.
En el transcurso de la audiencia intervinieron los
siguientes ciudadanos:
La Presidencia ofrece el uso de la palabra a
la doctora Claudia López Hernández – Alcaldesa
Mayor del Distrito Capital de Bogotá:
Senador Alejandro, muy generoso, muchísimas
gracias, un gusto estar en la Comisión Primera del
Senado, la que fue mi casa por 4 años, volver a este
seno de la democracia a plantear una propuesta y un
debate que creo que es crucial no solo para Bogotá,
sino para el país.
Yo quisiera empezar por decir que, este es un
debate sobre la estructura del estado colombiano,
sobre cuál debe ser el nivel de descentralización que

derechos fundamentales de nuestros ciudadanos y
sin duda, el derecho fundamental hoy más aclamado,
rogado por los ciudadanos de Colombia, es el de
seguridad y justicia.
Los colombianos se sienten abandonados por el
Estado, abandonados a su suerte, sin un Estado que
tenga la posibilidad de confrontar efectivamente
el crimen, de prevenir que ocurra, que no viole la
vida, los bienes, la honra de los ciudadanos, los
colombianos claman por una justicia que los proteja,
donde quien viola la Constitución y la ley, pague las
consecuencias ante el estado y tengan la oportunidad
de reincorporarse a la vida social cumpliendo las
normas.
No hay una sola encuesta en el país ni en Bogotá,
donde los colombianos no reiteren una y otra y
otra y otra vez que claman por seguridad y justicia,
creo que negarse a aceptar esa realidad, pese a los
innumerables esfuerzos que hacemos los alcaldes,
los gobernadores, el señor Presidente de la República
como comandante único de la Policía y la Fuerza
Pública de Colombia, la Rama Judicial.
Pero apreciados amigos, lo que no podemos
ser, es ciegos y sordos, eso está bien para las
canciones de nuestra apreciada Shakira, no para
el ejercicio de la función pública, la pregunta es,
¿por qué todos los esfuerzos institucionales que
estamos haciendo no logran proteger la vida de
los colombianos, no mejoran la seguridad, no
confrontan y someten adecuadamente el crimen,
no evitan la revictimización de los ciudadanos?,
¿por qué?, ¿por qué no lo logramos?, ¿qué nos hace
falta?, es una pregunta crucial para la supervivencia
de la democracia colombiana.
Nada me duele a mí más como Alcaldesa Mayor
de Bogotá, que la inseguridad diaria que padecen
mis ciudadanos, gente humilde, clase media,
empresarios, trabajadores, que generan empleo,
que invierten en nuestra ciudad, que han superado
una pandemia, que recuperaron en 2 años todos
los empleos perdidos, pero que son asaltados en su
tienda, abusadas mujeres en el transporte público, le
roban y les rapan su celular, peor aún, los matan o
los hieren por robarles una bicicleta, un aparato de
estos, un teléfono.
Pero esa realidad de Bogotá, es desafortunadamente
también la realidad de Cali y la de Barranquilla y las
de todas las ciudades de Colombia, acabo de estar en
Naciones Unidas y es la realidad de Nueva York y es la

es un fenómeno global, postpandemia, se recrudeció
el crimen, así como todos salimos a salvar la vida y
a salvar el empleo y a recuperar el tiempo perdido,
pues los criminales también, también y salieron
con un inusitado nivel de violencia a recuperar las

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