Auto 000138 - 9 de Diciembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43244468

Auto 000138

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Bogotá, Zona Norte
Número de Boletín46477

La Registradora Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Norte, en ejercicio de sus facultades legales, especialmente las conferidas por el Decreto-ley 01 de 1984, Decreto 1250 de 1970, procede a decidir las preliminares J-397/2006,

  1. ANTECEDENTES

Mediante escrito radicado con número RD-02869 de 10 de octubre de 2006, los señores Rafael Patiño Bernal, Luis Alfredo Moreno W., Rafael S. Linares Zapata, Marco Herrera González, solicitaron la revocatoria del registro de la medida cautelar de embargo sobre derechos de cuota, inscrita en la anotación 14 de 18-09-2002, turno de radicación 2002-62565, folio de Matrícula 50N-20202307 (mayor extensión).

Consultado el folio de matrícula en comento se pudo establecer las siguientes inconsistencias:

  1. La Matrícula 50N-20202307, corresponde al folio de mayor extensión de un inmueble sometido al régimen de propiedad horizontal (Escritura 2802 de 15-08-1996, Notaría 34 de Bogotá), inscrita en la Anotación 10 de 21-08-96, radicación 1996-55417; es decir esta matrícula corresponde a las áreas comunes de la copropiedad o comunidad;

  2. Posterior al registro del Reglamento de Propiedad Horizontal, se inscribió en dicho folio de mayor extensión, medida cautelar de embargo sobre derechos de cuota decretado por el Juzgado 32 Civil del Circuito de Bogotá, dentro del Proceso Ejecutivo número 02-0363 de: Banco Cafetero, Bancafé, contra Alvaro Eduardo Herrera Carrera, de manera improcedente ya que el ejecutado no es titular de derecho real sobre este folio, no corresponde a una unidad privada propiamente dicha (artículo 51 del Decreto 1250 de 1970).

Las anteriores inconsistencias, son objeto de estudio dentro de la actuación administrativa preceptuada en el Título 1°, Capítulo 1° del Código Contencioso Administrativo, con el propósito de que los terceros que puedan verse afectados con la decisión que se adopte hagan valer sus derechos.

En mérito de lo expuesto, este despacho

DISPONE:

Primero. Iniciar actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de Matrícula 50N-20202307.

Segundo. Citar como terceros determinados a: Rafael Patiño Bernal, Luis Alfredo Moreno W., Rafael S. Linares Zapata, Marco Herrera González, Copropietarios del Edificio Amalfi, Herrera Carrera Alvaro Eduardo, Banco Cafetero...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR