Auto 02-315 - 5 de Mayo de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43175548

Auto 02-315

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín44791

El señor Hugo Serrano Alfonso, identificado con cédula de ciudadanía número 17023511 de Bogotá, en su calidad de titular del registro minero de fecha 31 de diciembre de 1997, mediante radicado 296 de 2002, presentó ante ¿Corpoboyacá¿ solicitud de Licencia Ambiental para el proyecto de explotación de un yacimiento de carbón a desarrollarse en la vereda Centro, en jurisdicción del municipio de ¿Mongua, Boyacá¿;

Que ¿Corpoboyacá¿ es competente para conocer del trámite de la presente petición, de acuerdo a lo normado en el artículo 31 de la Ley 99 de 1993, artículos 8º y 38 del Decreto 1753 de 1994;

Que de conformidad con el artículo 53 de la Ley 99 de 1993 y el artículo 8º del Decreto 1753 de 1994, Corpoboyacá es la autoridad ambiental competente para expedir y efectuar el seguimiento de las licencias ambientales, concesiones, permisos y autorizaciones que le corresponda otorgar;

Que se declara que el expediente contentivo del proyecto mencionado se encuentra en la Subdirección de Gestión Ambiental para la correspondiente evaluación y se adecuará al trámite ambiental pertinente, una vez la visita técnica establezca la actividad. Por lo tanto, este Auto no legaliza las obras, quedando bajo responsabilidad del interesado continuar con el trámite de obtención de Licencia Ambiental en los términos del artículo 30 del Decreto 1753 de l994;

Que en mérito de lo expuesto, el Secretario General de ¿Corpoboyaca¿

DISPONE:

Primero. Admitir la solicitud presentada por el señor Hugo Serrano Alfonso, identificado con cédula de ciudadanía número 17023511 de Bogotá, de Licencia Ambiental para el proyecto de explotación de un yacimiento de carbón a desarrollarse en la vereda Centro, en jurisdicción del municipio de ¿Mongua, Boyacá¿.

Segundo. Avocar el conocimiento y remitir la solicitud y demás información complementaria anexa a la Subdirección de Gestión Ambiental para la correspondiente evaluación y trámite.

Tercero. Declarar que la solicitud y su expediente se encuentran en la...

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