Auto 03-0118 - 30 de Marzo de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43191015

Auto 03-0118

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín45143

Que el señor Germán Niño Quiroz, identificado con la cédula de ciudadanía número 80361409 expedida en Bogotá, en su calidad de Personero Municipal, mediante radicado número 00202 de fecha 7 de febrero de 2003, presentó ante esta entidad solicitud de con cesión de aguas, a derivar de un nacimiento El Monte, ubicado en la vereda Pericos, de la jurisdicción del municipio de Monguí, Boyacá.

De conformidad con el artículo 53 de la Ley 99 de 1993 y el Decreto 1541 de 1978, Corpoboyacá es la autoridad ambiental competente para expedir y efectuar el seguimiento de las concesiones de aguas que le corresponda otorgar.

Se declara que el expediente se encuentra en la Subdirección de Gestión Ambiental, para el pronunciamiento técnico, por lo tanto este auto no autoriza las obras de captación, quedando bajo responsabilidad del interesado continuar con el trámite de obtención de la concesión de aguas en los términos del Decreto 1541 de 1978.

Una vez notificado de este auto el interesado, deberá publicar este auto, cancelar los derechos de visita en la cuenta que para el efecto posee la Corporación, coordinar la fecha de visita con los funcionarios de Recursos Hídricos de la Subdirección de Gestión Ambiental;

Que en mérito de lo expuesto el Secretario General de Corpoboyacá,

DISPONE:

Primero. Admitir la solicitud presentada por el señor Germán Niño Quiroz, identificado con la cédula de ciudadanía número 80361409 expedida en Bogotá, en su calidad de Personero Municipal, de concesión de aguas, para uso de abrevadero y riego, a derivar de un nacimiento: El Monte, ubicado en la vereda Pericos, de la jurisdicción del municipio de Monguí, Boyacá.

Segundo. Si dentro del trámite el solicitante requiere de permiso o servidumbre de tránsito o acueducto será de su cuenta y riesgo obtener la autorización o establecimiento de la servidumbre, para las obras de captación.

Tercero. Remitir la solicitud y demás...

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