Auto 03-992 - 8 de Diciembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43216584

Auto 03-992

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín45756

Que, el señor Merardo Ríos Viasus, identificado con cédula de ciudadanía número 6759056 expedida en Tunja, en su calidad de Alcalde Municipal de Oicatá, solicitó ante esta entidad según radicado número 02233 de fe cha 29 de octubre 2003, concesión de aguas a derivar de la Quebrada La Mecha, ubicada en la vereda San Onofre, de la jurisdicción del municipio de Cómbita, Boyacá;

De conformidad con el artículo 53 de la Ley 99 de 1993 y el Decreto 1541 de 1978, Corpoboyacá, es la autoridad ambiental competente para expedir y efectuar el seguimiento de las concesiones de aguas que le corresponda otorgar;

Se declara que el expediente se encuentra en la Subdirección de Gestión Ambiental para el pronunciamiento técnico por lo tanto este auto no autoriza las obras de captación, quedando bajo responsabilidad del interesado continuar con el trámite de obtención de la concesión de aguas en los términos del Decreto 1541 de 1978;

Una vez notificado este auto el interesado deberá publicar este auto, cancelar los derechos de visita, en la cuenta que para el efecto posee la Corporación, coordinar la fecha de visita con los funcionarios de recursos hídricos de la Subdirección de Gestión Ambiental;

Que en mérito de lo expuesto el Secretario General de Corpoboyacá,

DISPONE:

Primero. Admitir la solicitud presentada por el señor, Merardo Ríos Viasus, identificado con cédula de ciudadanía número 6759056 expedida en Tunja, en su calidad de Alcalde Municipal de Oicatá tendiente a obtener concesión de aguas, a derivar de la quebrada La Mecha, de la vereda San Onofre de Cómbita, para uso doméstico en beneficio de 164 familias, de la vereda Centro y Poravita, de la jurisdicción del municipio de Oicatá, Boyacá.

Segundo. Si dentro del trámite el solicitante requiere de permiso o servidumbre de tránsito o acueducto será de su cuenta y riesgo obtener la autorización o establecimiento de la servidumbre para las obras de captación.

Tercero...

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