Auto 0321 - 2 de Abril de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43235045

Auto 0321

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín46229

El Subdirector de Gestión Ambiental de Corpoboyacá, en uso de las fa cultades conferidas por el Acuerdo 010 y la Resolución 741 del 28 de julio de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el señor Peregrino Pedraza, identificado con cédula de ciudadanía número 4191492 expedida en Paipa, en su condición de autorizado mediante formulario radicado bajo el número 1384 de fecha 24 de febrero de 2005, solicitó autorización de aprovechamiento forestal para la explotación de 4.000 árboles de la especie Eucaliptus, localizados en el predio denominado ¿El Aventino¿, de propiedad de la señora Ana Consuelo Cuesta Pardo, identificada con cédula de ciudadanía número 41615488 expedida en Bogotá, ubicado en la vereda El Rosal, en jurisdicción del municipio de Paipa, Boyacá;

Que de conformidad con lo establecido en los numerales 2, 9 y 12 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993 y el Decreto 1791 de 1996, es competencia de esta Corporación Autónoma Regional como autoridad ambiental otorgar permisos de aprovechamiento forestal y realizar la evaluación, control y seguimiento del uso de los recursos naturales renovables dentro del área de su jurisdicción;

Que la solicitud presentada reúne los requisitos mínimos exigidos por el artículo 71 del Decreto 1791 de 1996, por lo que es procedente admitirla y darle el trámite correspondiente;

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

DISPONE:

Artículo 1º

Admitir la solicitud presentada por el señor Peregrino Pedraza, identificado con cédula de ciudadanía número 4191492 expedida en Paipa, en su condición de autorizado...

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