Auto 04-382 - 14 de Septiembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43213963

Auto 04-382

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín45671

El Subdirector de Gestión Ambiental de Corpoboyacá, en uso de las facultades conferidas por el Acuerdo 010 y la Resolución 741 del 28 de julio de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que mediante solicitud radicada bajo el número 4368 del 16 de junio de 2004, los señores Luis Guillermo Barrera Gutiérrez, en calidad de Alcalde Municipal de Sogamoso, y Humberto Hurtado Rodríguez, en calidad de Secretario de Desarrollo y Medio Ambiente de Sogamoso, solicitaron autorización de para la tala de 62 árboles de Muelle, Araucaria, Pino y Eucalipto, ubicados en inmediaciones del perímetro urbano del municipal y permiso para podar 500 árboles de especies, localizados en los separadores de calles urbana s municipales;

Que de conformidad con lo establecido en los numerales 2, 9 y 12 del artículo 31, de la Ley 99 de 1993 y el Decreto 1791 de 1996, es competencia de esta Corporación Autónoma Regional como autoridad ambiental otorgar permisos de aprovechamiento forestal y realizar la evaluación, control y seguimiento del uso de los recursos naturales renovables dentro del área de su jurisdicción;

Que la solicitud presentida reúne los requisitos mínimos exigidos por el artículo 71 del Decreto 1791 de 1996, por lo que es procedente admitirla y darle el trámite correspondiente;

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

DISPONE:

Artículo 1°

Admitir la solicitud de aprovechamiento forestal presentada por los señores Luis Guillermo Barrera Gutiérrez, en calidad de Alcalde Municipal de Sogamoso, y Humberto Hurtado Rodríguez, en calidad de Secretario de Desarrollo y Medio Ambiente de Sogamoso, para la tala de 62 árboles de Muelle, Araucaria, Pino y Eucalipto ubicados en inmediaciones del perímetro urbano del municipal y permiso de poda de 500 árboles de diferentes especies, localizados en los separadores de calles urbanas municipales.

Artículo 2° Coordinar la práctica de la respectiva visita...

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