Auto 0903 - 14 de Julio de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43239038

Auto 0903

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín46329

El Subdirector de Gestión Ambiental de Corpoboyacá en uso de las facultades conferidas por el Acuerdo 010 y la Resolución 741 del 28 de julio de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que mediante formulario radicado bajo el número 07342 de fecha 26 de septiembre de 2005, el doctor Ciro Augusto Cabrejo Figueroa, identificado con cédula de ciudadanía número 4059058 de Boavita, en su calidad de Personero Municipal de Boavita, solicitó concesión de aguas para uso doméstico en beneficio de 21 familias y abrevadero de l5 bovinos, a derivar de la fuente denominada Nacimiento La Peña-Tabor, ubicado en la vereda La Ochaca, en jurisdicción del municipio de Boavita, Boyacá;

Que de conformidad con lo establecido en los numerales 2, 9 y 12 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993 y el Decreto 1541 de 1978, es competencia de esta Corporación Autónoma Regional como autoridad ambiental otorgar concesiones de aguas y realizar la evaluación, control y seguimiento del uso de los recursos naturales renovables dentro del área de su jurisdicción;

Que la solicitud presentada reúne los requisitos legales exigidos, por lo que es procedente admitirla y darle el trámite correspondiente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1541 de 1978;

Que el Acuerdo número 006 de fecha 6 de mayo de 2005 del Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, Corpoboyacá, fija las tarifas para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de los proyectos que requieran licencia...

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