Auto 1008 - 10 de Mayo de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43236491

Auto 1008

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín46264

El Subdirector de Gestión Ambiental de Corpoboyacá, en uso de las fa cultades conferidas por el Acuerdo 010 y la Resolución 741 del 28 de julio de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que mediante formulario radicado bajo el número 08580 de fecha 3 de noviembre de 2005, el señor Gonzalo Torres Molano, en su calidad de propietario del predio, identificado con cédula de ciudadanía 4039240 de Tunja, solicitó concesión de aguas para uso doméstico de 1 vivienda y abrevadero de 30 vacunos, en beneficio de 1 familia, a derivar de la fuente denominada quebrada Puente Negra, ubicado en la vereda Barón Germania, en jurisdicción del municipio de Tunja, Boyacá;

Que de conformidad con lo establecido en los numerales 2, 9 y 12 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993 y el Decreto 1541 de 1978, es competencia de esta Corporación Autónoma Regional como autoridad ambiental otorgar concesiones de aguas y realizar la evaluación, control y seguimiento del uso de los recursos naturales renovables dentro del área de su jurisdicción;

Que la solicitud presentada reúne los requisitos legales exigidos, por lo que es procedente admitirla y darle el trámite correspondiente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1541 de 1978;

Que el Acuerdo número 006 de fecha 6 de mayo de 2005 del Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, Corpoboyacá, fija las tarifas para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de los proyectos que requieran licencia ambiental, permisos...

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