Auto 182 - 22 de Septiembre de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43197931

Auto 182

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía
Número de Boletín45318

El Director de la Regional Putumayo de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia Corpoamazonia, en uso de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las conferidas por la Ley de 99 de 1993, artículo 31, numerales 2, 9 y 12, Decreto 1791 de 1996, artículos 55, 60, y

CONSIDERANDO:

Que el día 28 de junio del año 2003, se recibió en la Unidad Operativa Piedemonte Amazónico de la Regional Putumayo de Corpoamazonia, solicitud de trámite de autorización de aprovechamiento forestal de árboles aislados y/o caídos a nombre del señor Benjamín Rosero Muñoz, identificado con cédula de ciudadanía número 18122827 expedida en Mocoa (P.) localizado en el predio denominado "La Pradera" municipio de Mocoa, departamento del Putumayo;

Que la solicitud de autorización de aprovechamiento forestal es para obtener como productos bloques de las especies: Cedro en la cantidad de (120 m3);

Que de acuerdo con el Decreto 1791 de 1996 en su Capítulo VIII, artículo 55, por medio del cual se establece el régimen de aprovechamiento forestal de árboles aislados, que se encuentren caídos o muertos por causas naturales requieren del permiso o autorización de Corpoamazonia;

Que el señor Benjamín Rosero Muñoz, ha presentado toda la información y documentación necesaria para iniciar el trámite de la autorización de aprovechamiento forestal en mención con los anexos correspondientes la cual se radicó en el Expediente número AU-06-86-001-01-022-03;

Que teniendo en cuenta lo anterior, se

DISPONE:

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