Auto de 2007, por el cual se inicia una Actuación Administrativa tendiente a revocar unos asientos registrales 50S-40247467y 50S-40247468 Expediente 50S-AA-065-2003 - 19 de Septiembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 649449741

Auto de 2007, por el cual se inicia una Actuación Administrativa tendiente a revocar unos asientos registrales 50S-40247467y 50S-40247468 Expediente 50S-AA-065-2003

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín50001

El Registrador de Instrumentos Públicos de Bogotá, D. C., Zona Sur, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confieren los artículos 7º del Decreto Ley 2156 de 1970, y 28 del Decreto 412 de 2007 y

CONSIDERANDO QUE: DISPONE:

Artículo 1º

Iniciar Actuación Administrativa tendiente a revocar las anotaciones número 03 de los folios de matrícula inmobiliaria 50S-40247467 y 50S-40247468 por contravenir lo dispuesto en el artículo 681 del Código de Procedimiento Civil y 40 del Decreto Ley 1250 de 1970, y a ordenar el cierre o clausura de estos y del folio 50S-40247469 por haberse englobados y dar nacimiento a una unidad inmueble independiente, acorde con la parte considerativa del presente auto, y fórmese el expediente respectivo, según lo establecido por el artículo 29 del Código Contencioso Administrativo y bloquéese el folio de matrícula mencionado.

Artículo 2º

Citar como terceros determinados a Flaminio Caballero Moreno titular del crédito que motivó la medida cautelar, para que se haga parte en la actuación administrativa que se inicia, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, y como indeterminados a todas aquellas personas que se crean con derecho a intervenir, para lo cual se surtirá la notificación en forma personal, o por edicto y con publicación del presente Auto en el Diario Oficial a costa de esta Oficina o en un diario de amplia circulación nacional a costa de los interesados. (Artículo 14 y 15 del Código Contencioso Administrativo).

Artículo 3º En los términos del artículo 34 del Código Contencioso Administrativo, practíquense las pruebas necesarias para el perfeccionamiento del trámite a iniciarse

Tráigase al expediente copia de la escritura pública 0102 de 12 de Enero de 1996 autorizada en la Notaría 4 de Bogotá y del oficio número 1344 de 27 de Julio de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR