Auto de 2011, por medio del cual se inicia una actuación administrativa.
Emisor | Varios |
Número de Boletín | 48167 |
10
D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.167
Sábado, 20 de agosto de 2011
Artículo 2°. Ordénase la práctica de pruebas pertinentes y alléguense las informa-
ciones necesarias para el perfeccionamiento de la presente actuación administrativa
Artículo 3°. Notifíquese personalmente al doctor Luis Alfredo Giraldo González,
quien actúa en representación del señor Cristóbal Moreno Bula, al señor Ubaldo
Alfonso Urueta Valdés o en su defecto de acuerdo con lo establecido en los artículos
14, 15, 28 y 45 del Código Contencioso Administrativo.
Artículo 4°. Cítense a todas aquellas personas que se crean con derecho a in-
tervenir en esta actuación para lo cual se publicará esta providencia en un diario
Artículo 5°. Ordénese el bloqueo del folio de matrícula número 060-17370, ob-
jeto de la presente actuación, en el sistema de información registral SIR, conforme
Artículo 6°. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expe-
dición y contra él no procede recurso alguno (artículo 49 del C. C. A.).
Notifíquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Cartagena de Indias, a 23 de junio de 2011.
La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Cartagena de Indias,
Emilia Fadul Rosa.
(C. F.).
Oficina Principal de Instrumentos Públicos
de Bucaramanga
AUTOS
AUTO DE 2011
(julio 27)
por medio del cual se inicia una actuación administrativa.
Expediente número 300 -A. A. 2011-36
El Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, en ejercicio
de sus facultades legales y, en especial, las conferidas por el Decreto 01 de 1984
y Decreto-ley 1250 de 1970, y
CONSIDERANDO QUE:
En virtud de lo expuesto, este Despacho
DISPONE:
jurídica del inmueble con Matrícula número 300-108850.
Antonio y a los terceros indeterminados que puedan estar interesados o resultar
afectados con la decisión de la actuación.
ella mediante publicación de esta providencia en un diario de amplia circulación
nacional o en el , a cargo de la parte solicitante, de conformidad con
Artículo 5°. Formar el expediente correspondiente debidamente foliado. (Ar-
tículo 29 Código Contencioso Administrativo).
Artículo 6°. Esta providencia rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese, notifíquese y cúmplase.
Dado en Bucaramanga, el 27 de julio de 2011.
El Registrador Principal de I. P.,
Édgar Villamizar Bueno.
(C. F.).
AUTO DE 2011
(julio 27)
por medio del cual se inicia una actuación administrativa.
Expediente número 300 -A. A. 2011-37
El Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, en ejercicio
de sus facultades legales y, en especial, las conferidas por el Decreto 01 de 1984
y Decreto-ley 1250 de 1970, y
CONSIDERANDO QUE:
En virtud de lo expuesto, este Despacho
DISPONE:
jurídica del inmueble con Matrícula número 300-320588.
Guerra, al Representante Legal de la Sociedad Alejandro Char y Cía. Ltda. Inge-
nieros Constructores y a los terceros indeterminados que puedan estar interesados
o resultar afectados con la decisión de la actuación.
ella mediante publicación de esta providencia en un diario de amplia circulación
nacional o en el , a cargo de la parte solicitante, de conformidad con
Artículo 5°. Formar el expediente correspondiente debidamente foliado. (Ar-
tículo 29 Código Contencioso Administrativo).
Artículo 6°. Esta providencia rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese, notifíquese y cúmplase.
Dado en Bucaramanga, el 27 de julio de 2011.
El Registrador Principal de I. P.,
Édgar Villamizar Bueno.
(C. F.).
AUTO DE 2011
(julio 27)
por medio del cual se inicia una actuación administrativa.
Expediente número 300 -A. A. 2011-38
El Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, en ejercicio
de sus facultades legales y, en especial, las conferidas por el Decreto 01 de 1984
y Decreto-ley 1250 de 1970, y
CONSIDERANDO QUE:
En virtud de lo expuesto, este Despacho
DISPONE:
jurídica del inmueble con Matrícula número 300-24385, 300-24387 y 300-24203.
Alberto, Ramírez Salazar Jairo Alonso, Ramírez Salazar Ramón Darío, González
Quintana Mario Enrique y a los terceros indeterminados que puedan estar intere-
sados o resultar afectados con la decisión de la actuación.
ella mediante publicación de esta providencia en un diario de amplia circulación
nacional o en el , a cargo de la parte solicitante, de conformidad con
Artículo 4°. Bloquear los folios de Matrículas números 300-24385, 300-24387
-
presente actuación.
Artículo 5°. Formar el expediente correspondiente debidamente foliado. (Ar-
tículo 29 Código Contencioso Administrativo).
Artículo 6°. Esta providencia rige a partir de la fecha de su expedición.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba