Auto de 2015, por medio del cual se dispone el inicio de una actuación administrativa, J-125 de 2013 - 9 de Noviembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 586811074

Auto de 2015, por medio del cual se dispone el inicio de una actuación administrativa, J-125 de 2013

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín49691

La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, D. C., Zona Centro, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por las Leyes 1437 de 2011, 1579 de 2012, y

CONSIDERANDO QUE: DISPONE:

Primero. Iniciar actuación administrativa tendiente a establecer la situación jurídica del inmueble identificado registralmente con la Matrícula Inmobiliaria 50C-80428, en cuanto a las anotaciones seis, siete y ocho del folio correspondiente. En consecuencia, se ordena bloquearla hasta la culminación de la presente actuación administrativa.

Segundo. Decrétase la práctica de las siguientes pruebas:

  1. Solicitud a Microfilmación de los documentos con turno 1986-22073 del 19-21986, 8687887 del 23-7-1986 y 38976 del 17-5-1995. Si no fuere posible ubicar la copia de registro de estos documentos, ofíciese a la entidad emisora a fin de que aporten copia auténtica de los mismos.

  2. Solicitar al Grupo de Gestión Documental de la Superintendencia de Notariado y Registro, copia del folio de cartulina 50C-80428.

  3. Oficiar al Tribunal Superior de Bogotá, Sala de Familia, a fin de establecer si el proceso de separación de cuerpos, de que trata la anotación sexta del Folio de Matrícula Inmobiliaria 50C-80428, continúa su curso.

  4. Oficiar al Juzgado 28 Civil del Circuito de Bogotá, a fin de que informe si el proceso 1995-06008, es el mismo dentro del cual se ordenó la medida cautelar de embargo de que trata la actual anotación ocho del Folio de Matrícula Inmobiliaria 50C-80428, por oficio 896/1985 de ese Juzgado, y si ello fuere así, así como remitan el correspondiente oficio de levantamiento de medidas cautelares, si lo hubo.

Tercero. Comunicar este acto administrativo, como terceros determinados a Lucy Rojas de Rivera, Ignacio Rivera Mendoza y Edilberto Rivera Amaya, informándoles que contra el presente auto de trámite no proceden recursos en la vía gubernativa (artículo 75 de la Ley 1437 de 2011).

Cuarto. Comunicar este auto al Tribunal Superior de Bogotá, Sala Civil, proceso de...

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