Auto de 2016, por el cual se inicia actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica de los Folios de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40366681 y 50S-40354320 Expediente A.A. 039 de 2016 - 29 de Junio de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 644664869

Auto de 2016, por el cual se inicia actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica de los Folios de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40366681 y 50S-40354320 Expediente A.A. 039 de 2016

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín49919

El Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 22 del Decreto 2723 de 2014, Ley 1437 de 2011 y la Ley 1579 de 2012, y

CONSIDERANDO:

DISPONE:

Artículo 1º Iníciese actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situaciónjurídica del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40366681 y 50S-40354320, acorde con la parte considerativa del presente auto

Fórmese el expediente respectivo según lo establecido por el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 2º Durante la actuación administrativa y hasta antes de proferir decisión de fondo, allegar, aportar, pedir y practicar de oficio o a petición del interesado, sin requisitos especiales, las pruebas necesarias para el esclarecimiento de los hechos.
Artículo 3º

Comuníquese del presente auto a los señores Salomón Fuentes Barrera, María Inés Fuentes Avellaneda y a la Asociación de Vivienda Bogotá Siglo XXI, su representante legal o quien haga sus veces; dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, para lo cual se surtirá la notificación en forma personal, o por aviso si hay lugar a ello, y a terceros indeterminados que resulten afectados (artículos 37, 68 y 69 la Ley 1437 de 2011).

Artículo 4º Publicar el presente auto de conformidad con el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5º Contra el presente auto, no procede recurso alguno en sede gubernativa

Artículo 6º. El presente auto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 23 de mayo de 2016.

El Registrador Principal Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Bogotá Zona Sur, Édgar José Namén Ayub.

1 Artículo 8º. Matrícula inmobiliaria. Es...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR