Auto de 2016, por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a establecerla verdadera y real situación jurídica de los folios de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40220989, 50S-40687314, 50S-40687315y 50S-40687316 - 11 de Noviembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 653305137

Auto de 2016, por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a establecerla verdadera y real situación jurídica de los folios de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40220989, 50S-40687314, 50S-40687315y 50S-40687316

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín50054

Expediente Nº A.A. 155 de 2016.

El Registrador Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá - Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 22 del Decreto 2723 de 2014, la Ley 1437 de 2011 y la Ley 1579 de 2012,

CONSIDERANDO QUE: RESUELVE:

Artículo 1º Iniciar actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica de tos folios de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40220989, 50S-40687314, 50S-40687315 y 50S-40687316, por las razones expuestas en la parte motiva del presente auto

Fórmese el expediente respectivo según lo establecido en el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 2º Durante la actuación administrativa y hasta antes de proferir decisión de fondo, allegar, aportar, pedir y practicar de oficio o a petición del interesado, sin requisitos especiales, las pruebas necesarias para el esclarecimiento de los hechos.
Artículo 3º

Comunicar y enviar copia del presente auto a las señoras María Eva Amaya de Arévalo, Carmen Elisa Álvarez Rodríguez; y de no ser posible precédase de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 1437 de 2014; de igual manera la Subgerencia de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital en respuesta a su Oficio 2016EE28218-0-1 con fecha del 15 de junio de 2016 y a la Curaduría Urbana número 5 para lo de su competencia en relación con la...

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