Auto de 2016, por el cual se inicia una actuación administrativa de los Folios de Matrícula Inmobiliaria números 340-98575, 340-68576, 340-98577, 340-98578, 340-98579, 340-98580, 340-98581, 340-98582, 340-98583, 340-98584, 340-98585, 340-98586, 340-98587, 34098588, 340-98589, 340-98590, 340-88591, 340-98592, 340-593 y 340-98594 - 24 de Mayo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 680248065

Auto de 2016, por el cual se inicia una actuación administrativa de los Folios de Matrícula Inmobiliaria números 340-98575, 340-68576, 340-98577, 340-98578, 340-98579, 340-98580, 340-98581, 340-98582, 340-98583, 340-98584, 340-98585, 340-98586, 340-98587, 34098588, 340-98589, 340-98590, 340-88591, 340-98592, 340-593 y 340-98594

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Sincelejo
Número de Boletín50243

Expediente número 07-2016

El Registrador de Instrumentos Públicos del Círculo de Sincelejo, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por las Leyes 1579 de 2012, 1437 de 2011 y 2163 de 2011, y

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

Artículo 1º Iniciar actuación administrativa con el objeto de que los Folios de Matrícula

Inmobiliaria números 340-98575, 340-68576, 340-98577, 340-98578, 340-98579, 34098580, 340-98581, 340-98582, 340-98583, 340-98584, 340-98585, 340-98586, 340-98587,

340-98588, 340-98589, 340-98590, 340-898591, 340-985892, 340-98593, 340-98594 y

340-98595, exhiban su real situación jurídica, de conformidad con la parte considerativa de esta providencia.

Artículo 2º Conformar el expediente, como lo dispone el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 3º Ordenar la práctica de pruebas y allegar las informaciones que sean necesarias para el perfeccionamiento de la presente actuación administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 4º

Comunicar el contenido de este acto administrativo a través de la Coordinación del Grupo de Gestión Jurídica Registral de esta Oficina, a los señores Martha Ligia Fuentes Montes, Consuelo Arrazola Merlano, Margarita Lourdes Chima Herrera, Iris Durán Mejía, Merys Margoth Hernandez Arroyo, Arleth Garrido Bohorquez, Olga de Jesús Tovar Benítez, María Angélica Segura Fayad, Mónica Atenea Segura Fayad, Alcira María Sierra Orozco, Graciela del Carmen Castillo Giraldo, María Cira del Carmen Romero Mestra, Bleidys Esmunis Carrascal Tobio, Juan Pablo Pineda Buelvas, José David Pineda Buel-vas, Yomarlin Abad Gutiérrez, Gustavo Adolfo Barros Ortiz, Dorian Davis Díaz Barboza y Karen Catalina Leal Acosta, terceros determinados, para que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos, así como al Juzgado Promiscuo Municipal de...

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