Auto - 20 de Noviembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43216049

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EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Notariado y Registro
Número de Boletín45738

La Registradora Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá, D. C., Zona Centro, en ejercicio de sus facultades legales, especialmente las conferidas por el Decreto-ley 01 de 1984, Decreto 1250 de 1970, procede a decidir los preliminares J-1246/2004.

  1. Antecedentes

En turno de corrección 7931 del 23-06-04 la señora Hildaura Rodríguez Macias, solicita se determine si los folios 050C-340784 y 050C-587761 corresponden al mismo predio.

Se recibió C.T.283 del 01-09-04 por medio del cual el Coordinador de Certificación remite RIP-20 del folio con matrícula 050C-587761 a fin de que se hagan los estudios necesarios tendientes a determinar si procede la unificación de los folios 050C-587761 y 050C-340784.

Revisada la tradición de los inmuebles se advierte que corresponden a un mismo inmueble ubicado en la Calle 73 No. 38-17 Barrio 12 de Octubr e.

No obstante lo anterior, se presentan inconsistencias que hacen necesaria la adecuación del folio respecto al área real y a la propiedad plena del mismo, toda vez que esta recae en favor de María F. Pinzón Viuda de Castro y en los demás, únicamente una falsa tradición ya que adquirieron de José Joaquín Castro P. mediante escritura número 3317 del 9-12-1937 de la Notaría 4 de Bogotá, solamente los derechos acciones que le puedan corresponder en la Sucesión de la actual propietaria María F. Pinzón Vda. de Castro, sin que aparezca registrado tal acto que les otorgue la propiedad plena a los posteriores adquirentes.

Las anteriores inconsistencias, son objeto de estudio dentro de la Actuación Administrativa preceptuada en el Título 1º Capítulo 1º del Código Contencioso Administrativo, con el propósito que los terceros que puedan versen afectados con la decisión que se adopte hagan valor su derechos.

En mérito de lo expuesto este Despacho,

DISPONE:

  1. Iniciar Actuación Administrativa tendiente a establecer la real situación Jurídica de los folios de matrícula 050C-587761 y 050C-340784.

  2. Citar como terceros determinados a:

    María F. Pinzón vida de Castro, María Nohora Guerrero Gutiérrez, María Elizabeth Guerrero Gutiérrez, María Elena Guerrero Gutiérrez, Oscar Reynaldo Guerrero Gutiérrez, José Mauricio Guerrero Gutiérrez, Juan Pablo Guerrero Gutiérrez, Javier Rodrigo Guerrero Fernández, Jorge Alberto Guerrero Gutiérrez, Oswaldo Bonilla Pardo, Jorge Alberto Murcia Páez.

  3. Oficiar al Juzgado 31 Civil del Circuito de Bogotá...

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