Auto 517 - 4 de Septiembre de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43180902

Auto 517

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín44922

Que el día 28 de mayo de 2002, el señor Uriel Iban Chaparro Fonseca, en su calidad de personero municipal de Firavitoba, presentó ante la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, Corpoboyacá, una solicitud de renovación de la concesión de aguas otorgada mediante Resolución 757 de 1996, y que corresponde a expediente CA438 de 1996 a derivar de la fuente denominada ¿Nacimiento Tajamar y La Boveda¿, para destinarla a satisfacer las necesidades de uso doméstico en beneficio de 240 familias de las veredas San Antonio‑Baratoa‑Bosque Alto del municipio de Firavitoba;

Que de conformidad con el artículo 23 de la Ley 99 de 1993, determina que Corpoboyacá es un ente de carácter público, creado por la ley, integrado por las enti dades territoriales que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica, o hidrogeográfica, dotado de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargado por ley de administrar dentro del área de su jurisdicción el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del Ministerio del Medio Ambiente.

Que de conformidad con el artículo 53 de la Ley 99 de 1993, el artículo 8° del Decreto 1753 de 1994, Decreto 1791 de 1996, Decreto 2811 de 1974 y Decreto 1541 de 1978, Corpoboyacá es la autoridad ambiental competente para expedir y efectuar el seguimiento de las licencias ambientales, concesiones, permisos y autorizaciones que le corresponda otorgar;

Que la Secretaría General de Corpoboyacá al estudiar los documentos presentados por el interesado, ha encontrado que NO se reúnen los requisitos legales establecidos para avocar conocimiento con respecto a esta clase de solicitudes;

En mérito de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de Corpoboyacá,

DISPONE:

Primero. Admitir la solicitud presentada por el señor Uriel Iban Chaparro Fonseca, en su calidad de personero municipal de Firavitoba, tendiente a obtener renovación de la concesión de aguas otorgada mediante Resolución 757 de 1996, y que corresponde a expediente CA438 de 1996 a derivar de la fuente denominada ¿Nacimiento Tajamar y La Boveda¿, para destinarla a satisfacer las necesidades de uso doméstico en beneficio de 240 familias de las veredas San Antonio‑Baratoa-Bosque Alto del municipio de Firavitoba.

Segundo. La admisión de la solicitud dispuesta en este...

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