Auto 537-2004 - 23 de Octubre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43215222

Auto 537-2004

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín45710

Que el día 20 de septiembre de 2004, el señor Manuel José Beltrán Urdaneta, identificado con la cédula de ciudadanía número 4036282 de Tunja, en su calidad de propietario, presentó ante la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, Corpoboyacá, solicitud tendiente a obtener licencia de aprovechamiento forestal para la tala por entresaca selectiva y aprovechamiento forestal de un bosque conformado por: 65 árboles aproximadamente de la especie Pino Pátula, 30 árboles de la Especie Eucalyptus, 90 árboles de la especie Pino Radiata y 15 árboles de Acacia, los cuales se encuentran ubicados dentro del predio denominado Florencia, vereda Tras del Alto del Municipio de Tunja;

Que el artículo 23 de la Ley 99 de 1993, determina que Corpoboyacá es un ente corporativo de carácter público, creado por la ley, integrado por las entidades territoriales que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica, dotado de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargado por ley de administrar, dentro del aréa de su jurisdicción el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del Ministerio del Medio Ambiente;

Que de conformidad con el artículo 53 de la Ley 99 de 1993, el artículo 8° del Decreto 1753 de 1994, Decreto 1791 de 1996, Decreto 2811 de 1974 y Decreto 1541 de 1978 Corpoboyacá es la autoridad ambiental competente para expedir y efectuar el seguimiento de las licencias ambientales, concesiones, permisos, y autorizaciones que le corresponda otorgar;

Que la Secretaría General al estudiar los documentos presentados por el interesado, ha encontrado que se reúnen los requisitos legales establecidos para avocar conocimiento con respecto a esta clase de solicitudes;

En mérito de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de Corpoboyacá,

DISPONE:

Primero. Admitir la solicitud presentada por el señor Manuel José Beltrán Urdaneta, identificado con la cédula de ciudadanía número 4036282 de Tunja, en su calidad de propietario, tendiente a obtener licencia de aprovechamiento forestal para la tala de unos árboles por entresaca selectiva y aprovechamiento forestal de otros, aproximadamente en los siguientes números y especies 65 árboles de la especie Pino Pátula, 30 árboles de la Especie Eucalyptus, 90 árboles de la especie Pino...

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