Auto 595 - 4 de Septiembre de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43180901

Auto 595

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín44922

Que el día 16 de abril de 2002, el señor Eduardo Villamil, en su calidad de presidente de la Junta Proacueducto La Regina del municipio de Gachantivá, presentó ante la Regional de Boyacá, Corpoboyacá, solicitud tendiente a obtener renovación de la concesión de aguas que le fue otorgada mediante Resolución 652 del 14 de noviembre de 1997, a derivar de la fuente denominada: La Regina, para destinarla a satisfacer necesidades de uso doméstico y abrevadero en beneficio de 33 familias y 50 bovinos habitantes de la vereda Saavedra de Morales del municipio de Gachantivá;

Que Corpoboyacá es competente para conocer el trámite de la presente petición, de acuerdo a lo normado en el artículo 31 de la Ley 99 de 19 93;

Que el artículo 23 de la Ley 99 de 1993, determina que Corpoboyacá es un ente Corporativo de carácter público, creado por la ley, integrado por las entidades territoriales que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica, dotado de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargado por ley de administrar, dentro del área de su jurisdicción el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del Ministerio del Medio Ambiente;

Que de conformidad con el artículo 53 de la Ley 99 de 1993, el artículo 8° del Decreto 1753 de 1994, Decreto 1791 de 1996, Decreto 2811 de 1974 y Decreto 1541 de 1978, Corpoboyacá es la autoridad ambiental competente para expedir y efectuar el seguimiento de las licencias ambientales, concesiones, permisos, y autorizaciones que le corresponda otorgar;

Que la Secretaría General al estudiar los documentos presentados por el interesado, ha encontrado que se reúnen los requisitos legales establecidos para avocar conocimiento con respecto a esta clase de solicitudes;

En mérito de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de Corpoboyacá,

DISPONE:

Primero. Admitir la solicitud presentada por el señor Eduardo Villamil, en su calidad de presidente de la Junta Proacueducto La Regina de la vereda Saavedra Morales del municipio de Gachantivá, tendiente a obtener renovación de la concesión de aguas que le fue otorgada mediante Resolución 652 del 14 de noviembre de 1997, a derivar de la fuente denominada: La Regina, para destinarla a satisfacer necesidades de uso doméstico y abrevadero en...

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