Auto 718 - 18 de Marzo de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43173529

Auto 718

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín44743

Que el día 26 de octubre de 2001, el señor José Gómez Neira en su calidad de autorizado, presentó ante la Corporación Autónoma Regional de Boyacá ¿Corpoboyacá¿ solicitud tendiente a obtener licencia de aprovechamiento forestal para la tala de un bosque conformado por 1.000 árboles de las especies pino pátula y eucalyptus, ubicado en el predio denominado Fenicia, ubicado en la vereda Calavernas del municipio de Firavitoba;

Que el artículo 23 de la Ley 99 de 1993, determina que Corpoboyacá es un ente Corporativo de carácter público, creado por la ley, integrado por las entidades territoriales que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica, dotado de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargado por la ley de administrar, dentro del área de su jurisdicción en el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del Ministerio del Medio Ambiente;

Que de conformidad con el artículo 53 de la Ley 99 de 1993, el artículo 8° del Decreto 1753 de 1994, Decreto 1791 de 1996, Decreto 2811 de 1974 y Decreto 1541 de 1978, Corpoboyacá es la autoridad ambiental competente para expedir y efectuar el seguimiento de las licencias ambientales, concesiones, permisos y autorizaciones que le corresponda otorgar;

Que la Secretaría General al estudiar los documentos presentados por el interesado, ha encontrado que no se reúnen los requisitos legales establecidos para avocar conocimiento con respecto a esta clase de solicitudes;

En mérito de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de Corpoboyacá,

DISPONE:

Primero. Admitir la solicitud presentada por el señor José Gómez Neira en su calidad de autorizado, tendiente a obtener la licencia de aprovechamiento forestal para la tala de un bosque conformado por 1.000 árboles de las especies Pino Pátula y Eucalyptus, ubicado en el predio denominado Fenicia, ubicado en la vereda Calavernas del municipio de Firavitoba.

Segundo. La admisión de la solicitud dispuesta en este auto, no obliga a Corpoboyacá, a otorgar sin previo concepto técnico el permiso solicitado.

Parágrafo. Infórmese a los interesados que deberán presentar dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente auto el siguiente documento:

¿ Poder expreso y auténtico, proferido por la propietaria...

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