Auto Aprobado Por Acta # 048 Nº 760016000000201901114-00 del Tribunal Superior de Cali Sala Penal, 23-02-2022 - Jurisprudencia - VLEX 904865991

Auto Aprobado Por Acta # 048 Nº 760016000000201901114-00 del Tribunal Superior de Cali Sala Penal, 23-02-2022

Sentido del falloREVOCA EL AUTO
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Cali de Colombia)
Número de registro81595029
Número de expediente760016000000201901114-00
Fecha23 Febrero 2022
Normativa aplicada1. Ley 906 de 2004 Art. 301, 351, 352, 356-5, 367 / Ley 599 de 2000 Art. 30 Inc. 3 / Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal. Decisión SP2073-2020, Rad. 52.227 de 2020. Providencia SP4225-2020, Rad. 51.478 de 2020
MateriaPROPORCIONALIDAD - En la modalidad de preacuerdo / TESIS: Sobre la proporcionalidad de la rebaja de la pena que debe respetarse en este tipo de negociaciones, el momento de la actuación en el que se realiza el acuerdo será la pauta para tener en cuenta, atendiendo las reglas que para el efecto haya establecido el legislador, y que se consagran en los artículos 351, 352, 356-5, 367 y parágrafo del artículo 301 de la Ley 906 de 2004. / La delegada del Ministerio Público confundió la clase de preacuerdo celebrado por las partes, en tanto la misma es “sin base fáctica” con miras únicamente a disminuir la pena, y por ende el procesado será condenado como autor y no como cómplice, aclarando que, para la concesión de beneficios posteriores, deberá tenerse en cuenta la calificación jurídica establecida en la ley por la cual se emite condena, y no aquella tipicidad acordada que sirvió de supuesto para fijar una pena más benévola - disminuida -. / Se omitió que el procesado fue capturado en flagrancia, generando en consecuencia que esa disminución de la pena sea desproporcional, pues si bien obedece a la rebaja máxima que puede otorgarse atendiendo el momento procesal de la celebración del preacuerdo (se retiró el escrito de acusación de manera expresa), lo cierto es que no tiene en cuenta el parágrafo del artículo 301 de la Ley 906 de 2004
    • Este documento está disponible en versión original sólo para clientes de vLex

      Consulta este documento y prueba vLex durante 7 días
    • PRUÉBALO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR