AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 11001-31-10-008-2017-01239-01 del 06-09-2019 - Jurisprudencia - VLEX 841991458

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 11001-31-10-008-2017-01239-01 del 06-09-2019

Sentido del falloADMITE DEMANDA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL
Número de expediente11001-31-10-008-2017-01239-01
Fecha06 Septiembre 2019
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Familia de Bogotá
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
Número de sentenciaAC3731-2019


AC3731-2019

Radicación n.° 11001-31-10-008-2017-01239-01


Bogotá, D.C., seis (6) de septiembre de dos mil diecinueve (2019).


Se advierte que el recurso de casación que fue concedido por el ad quem reúne los condicionamientos legales previstos en el artículo 342 del Código General del Proceso, dada (i) la naturaleza del proceso1; (ii) la oportunidad en la interposición del remedio extraordinario2; y (iii) la legitimación del impugnante3, debiéndose advertir que, por tratarse de un juicio que versa sobre el estado civil de las personas, no resultan aplicables las disposiciones relativas a la cuantía del interés para recurrir4.


En mérito de lo expuesto, el suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil,


RESUELVE


PRIMERO. ADMITIR el recurso de casación formulado por el demandado frente a la sentencia de 17 de julio de 2019, proferida por la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro del proceso verbal (declaración de existencia de unión marital de hecho y liquidación de sociedad patrimonial entre compañeros permanentes) promovido por R.R.E. contra W.E.C.N..


SEGUNDO. CORRER traslado por el término de treinta (30) días a la parte impugnante, a fin de que presente la respectiva demanda de sustentación.



N. y cúmplase





LUIS ALONSO RICO PUERTA

Magistrado

1 Verbal de declaración de existencia de unión marital de hecho y liquidación de sociedad patrimonial entre compañeros permanentes (artículos 334, numeral 1, y 368 del Código General del Proceso).


2 El recurso fue presentado el...

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