AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 11001-02-03-000-2018-03293-00 del 12-02-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842024907

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 11001-02-03-000-2018-03293-00 del 12-02-2019

Sentido del falloACCEDE A LA SOLICITUD
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL
Fecha12 Febrero 2019
Número de sentenciaAC376-2019
Tribunal de OrigenSala de Casación Civil
Tipo de procesoVARIOS
Número de expediente11001-02-03-000-2018-03293-00

AC376-2019

Radicación n.° 11001-02-03-000-2018-03293-00

Bogotá, D.C., doce (12) de febrero de dos mil diecinueve (2019).

Se decide sobre la solicitud de amparo de pobreza presentada por Á.Y.G.R., para que se le designe apoderado judicial, con el fin de proseguir con la acción de revisión frente a la sentencia proferida por la Sala de Familia del Tribunal Superior de Bogotá.

  1. ANTECEDENTES

1. Mediante auto proferido por esta magistratura el pasado 22 de noviembre último, se inadmitió la demanda incoativa de recurso extraordinario de revisión presentada por Á.Y.G.R., para que se corrigieran varias falencias detectadas, las cuales fueron precisadas allí, entre las que se incluye la constitución de nuevo apoderado, si no continuaría quien lo asistía en el proceso.

2. En el escrito presentado al día siguiente de haber sido notificado el auto inadmisorio de la demanda incoativa del recurso extraordinario de casación, solicita que se le designe un apoderado judicial que lo asista en todo este trámite, por «la intempestiva renuncia irrevocable” de la procuradora judicial que le había sido nombrada por amparo de pobreza, concedido en el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.

3. En providencia emitida por esta magistratura el 11 de diciembre pasado, se ordenó requerir al solicitante de amparo de pobreza, para que complementara su petición con la satisfacción del requisito consagrado en el inciso segundo del precepto 152 del C. G. P., en el término de cinco días.

4. En debida oportunidad fue atendida la exigencia, conforme se observa en folios 25 y 28 del expediente; pero, mediante proveído del 18 de enero del corriente año, de nuevo se conminó al interesado para cumplir cabalmente con el requisito relativo a la...

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