AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 102352 del 04-02-2019
Sentido del fallo | DECLARACIÓN DE NULIDAD |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de sentencia | ATP137-2019 |
Fecha | 04 Febrero 2019 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Medellín |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de expediente | T 102352 |
EYDER PATIÑO CABRERA
Magistrado ponente
ATP137-2019
Radicación n° 102352
Acta 27.
Bogotá, D.C., cuatro (4) de febrero de dos mil diecinueve (2019).
Sería del caso resolver la impugnación interpuesta por el apoderado del accionante, Wilyerman Andrés Perdomo Hernández, frente al fallo de tutela proferido el 28 de noviembre de 2018 por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, mediante el cual negó, por improcedente el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, libertad y vida, presuntamente vulnerados por el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad y el Inpec de aquella ciudad, el Juzgado Sexto Penal del Circuito y la Fiscalía Cuarta Seccional de Cartagena; de no ser porque se advierte una irregularidad que amerita la invalidación de todo lo actuado.
ANTECEDENTES
Los hechos que determinaron la acción constitucional impetrada, las pretensiones del demandante y los informes presentados por los despachos accionados y vinculados, fueron sintetizados por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín, de la forma como sigue:
(…) W.A.P.H. fue condenado por la comisión punible de Fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. En la providencia se le otorgó la prisión domiciliaria como sustitutiva de la prisión intramuros y el juez que vigila la pena, le otorgó permiso para trabajar.
El primero de junio del corriente, W.A. fue abordado por miembros de la fuerza pública en una calle de la ciudad de Cartagena quienes (al) constatar su registro como persona en prisión domiciliaria en su domicilio en la ciudad de Medellín, lo privaron de la libertad.
El 30 de junio de este año, ante el Juzgado Diecisiete Penal con funciones de control de garantías de la ciudad de Cartagena, se legalizó la captura Wilyerman Andrés Perdomo Hernández, se le formuló imputación por el punible de Fuga de presos y se impuso medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario.
En virtud de lo anterior, el actor considera que la imputación por el punible de Fuga de presos debió adelantarse en el lugar donde presuntamente se fugó su mandante y no donde fue aprehendido.
Depreca que se declare la nulidad de la actuación adelantada por la Fiscalía Seccional de Cartagena y el Juzgado Sexto Penal del Circuito de esta misma localidad por carecer de competencia y se deje en libertad...
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