AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002019-03087-00 del 10-10-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842223056

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002019-03087-00 del 10-10-2019

Sentido del falloNO ACEPTA IMPEDIMENTO
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Número de expedienteT 1100102030002019-03087-00
Fecha10 Octubre 2019
Tipo de procesoIMPEDIMENTO
Número de sentenciaATC1585-2019






ATC1585-2019

Radicación n.° 11001-02-03-000-2019-03087-00

(Aprobado en sesión de nueve de octubre de dos mil diecinueve)


Bogotá, D.C., diez (10) de octubre de dos mil diecinueve (2019).-


El Magistrado L.A.R.P. manifiesta su impedimento para participar en la sesión que decide sobre la acción de tutela interpuesta por Martha Elena Vanegas Díaz contra el Juez Único Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Envigado, la que se hace extensiva a la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín y a la Sala Especializada en lo Penal de esta Corporación, «teniendo en cuenta que la génesis del amparo involucra a Ángela Piedad Soto Marín con quien tengo sentimientos de amistad».


Sin embargo, comoquiera que para que se configure la causal 5ª del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal, es necesario que exista «amistad íntima o enemistad grave entre alguna de las partes, denunciante, víctima o perjudicado y el funcionario judicial» (resalte fuera de texto), considera la Sala que no existe la más mínima probabilidad de que dicha circunstancia pueda conducir al desvío del funcionario citado del cumplimiento de su labor de juzgador, razón por la cual NO SE ACEPTA el citado impedimento.


Comuníquesele la determinación por el medio más expedito.





OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE

Presidente de Sala




ÁLVARO FERNANDO GARCÍA...

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