AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº 86497 del 04-12-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842282349

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº 86497 del 04-12-2019

Sentido del falloRECHAZA RECURSO DE REVISIÓN
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha04 Diciembre 2019
Número de expediente86497
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Barranquilla
Tipo de procesoRECURSO DE REVISIÓN
Número de sentenciaAL5235-2019
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


FERNANDO CASTILLO CADENA

Magistrado ponente


AL5235-2019

Radicación n.° 86497

Acta 44


Bogotá, D.C., cuatro (4) de diciembre de dos mil diecinueve (2019)


Resuelve la Corte sobre la admisibilidad del recurso extraordinario de revisión interpuesto por el apoderado de CARLOS VENGAL PÉREZ contra la «providencia de fecha de 13 de junio» proferida por la Sala Dos de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, dentro del proceso promovido por JHONNY IVÁN NORIEGA DE ÁVILA en su contra.


  1. ANTECEDENTES



La parte recurrente «invoca la causal octava del artículo 380 del Código de Procedimiento Civil, contra la providencia de fecha de 13 de junio de 2019» y pretende la «nulidad de la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, en el proceso ordinario surtido el trámite incidental, el Tribunal Superior (sic) decidió aceptar el desistimiento por parte del demandante», en apoyo de los siguientes hechos:


PRIMERO: Ante el Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Barranquilla, señor J.I.N. de Á. promovió demanda ordinaria laboral contra C.V.P. a fin de obtener el pago de las prestaciones sociales que le adeuda según el documento suscrito.


SEGUNDO: El día 22 de enero de 2019 el apoderado de la parte demandante interpuso recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Barranquilla.


TERCERO: Surtido el trámite incidental, el Tribunal Superior decidió aceptar el desistimiento por parte del demandante.


CUARTO: Recurrido dicho fallo en apelación por el demandante, el Tribunal Superior de Barranquilla declaró aceptado el desistimiento, la parte recurrente, con fundamento en el artículo 316 del Código de Procedimiento Civil, solicitó el señalamiento de audiencia pública y aceptó desistimiento.


QUINTO: El Tribunal, en lugar de acepto (sic) el desistimiento del recurso de apelación interpuesta contra la sentencia proferida por el Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Barranquilla.


SEXTO: De conformidad con el luego (sic) al proferir la sentencia sin haber hecho ese señalamiento cuando se ha pedido oportunamente.


SÉPTIMO: La sociedad demandada tiene interés en alegar esa nulidad que desde luego no ha sido saneada, por haber sido la directamente perjudicada con la omisión.


  1. CONSIDERACIONES


En el presente asunto, de lo expuesto por la parte recurrente se tiene que son varias las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº 94530 del 06-12-2022
    • Colombia
    • SALA DE CASACIÓN LABORAL
    • December 6, 2022
    ...para la presentación de este mecanismo, lo que conlleva a una indebida representación de la parte. Asimismo, se indicó en la providencia CSJ AL 5235-2019 que reiteró la CSJ AL, 26 jun. 2012, rad. 56583, en la que se consignó: «De otro lado, examinado el expediente, se observa que no obra el......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR