AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 11001-02-03-000-2018-02992-00 del 14-09-2020
Sentido del fallo | NIEGA ADICION DE PROVIDENCIA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL |
Número de expediente | 11001-02-03-000-2018-02992-00 |
Número de sentencia | AC2244-2020 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Civil de Bogotá |
Tipo de proceso | ADICION DE PROVIDENCIA |
Fecha | 14 Septiembre 2020 |
AC2244-2020
Radicación n° 11001-02-03-000-2018-02992-00
Bogotá, D.C., catorce (14) de septiembre de dos mil veinte (2020).
Mediante la solicitud “de adición” que antecede, la parte impugnante solicitó oficiar al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, para que remita a la Corte algunos de los cuadernos del proceso donde se profirió la sentencia cuestionada, que fueron enviados allí para resolver una apelación, en el decurso de un trámite incidental.
Para responder a ese pedimento, advierte el suscrito Magistrado que en el auto de 24 de agosto de 2020 no se dejó de resolver sobre ninguno de los puntos de la Litis, de manera que resultaba improcedente encausar el referido reclamo a través de la herramienta que prevé el artículo 286 del Código General del Proceso.
A ello cabe añadir que esta Corporación, actuando con estricto apego a lo dispuesto en el artículo 358 ejusdem, solicitó la foliatura a la autoridad que conoció el juicio en primera instancia, pues a ella le compete la custodia de las actuaciones con posterioridad a la finalización del litigio. En ese orden, la referida oficina será la encargada de adoptar las medidas que estime pertinentes para atender la orden de remisión que dispuso la Corte, observando para ello las particularidades de este caso concreto.
N. y cúmplase
L.A. RICO PUERTA
Magistrado
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