AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE DESCONGESTIÓN LABORAL N.º 2 nº 56022 del 08-02-2021
Sentido del fallo | NIEGA CORRECCIÓN, ACLARACIÓN Y/O ADICIÓN |
Emisor | SALA DE DESCONGESTIÓN LABORAL N.º 2 |
Número de expediente | 56022 |
Fecha | 08 Febrero 2021 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Laboral de Cundinamarca |
Tipo de proceso | RECURSO DE CASACIÓN |
Número de sentencia | AL483-2021 |
CECILIA MARGARITA DURÁN UJUETA
Magistrada ponente
AL483-2021
Radicación n.° 56022
Acta 03
Estudiado, discutido y aprobado en sala virtual
Bogotá, D.C., ocho (8) de febrero de dos mil veintiuno (2021).
Resuelve la Corte la solicitud presentada por la demandante LUZ MARINA DE A.S., de aclaración, adición y/o complementación de la sentencia de casación de fecha cinco (5) de octubre de dos mi veinte (2020) en el proceso que instauró contra la sociedad FINCA S. A.
- ANTECEDENTES
Luz Marina de A.S. pidió que condenara a la sociedad Finca S. A. a reintegrarla al cargo de cajera de planta o a uno de igual o superior categoría y remuneración, junto con el pago de los sueldos dejados de percibir y sus reajustes; prestaciones legales y extralegales contenidas en los Pactos Colectivos; auxilios convencionales; subsidios familiar, de transporte y dotación de trabajo; reajustes salariales y prestacionales y otras acreencias laborales; la indemnización moratoria prevista en el artículo 65 del CST; la indexación de las condenas; daños y perjuicios morales y materiales; diferencia salarial con la reliquidación de todas las prestaciones sociales.
Reclamó, en subsidio, la indemnización establecida en el pacto colectivo por despido injusto, con indexación; daños y perjuicios; pensión de jubilación; aportes de seguridad social; reajustes salariales y prestacionales correspondientes a su cargo; diferencia salarial y de prestaciones sociales; reliquidación de los salarios, prestaciones sociales e indemnización por despido injusto; indexación e indemnización moratoria.
El Juzgado Civil del Circuito de Funza (Cundinamarca), mediante fallo del 12 de febrero de 2010, desestimó las pretensiones de la demandante.
En virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandante, la S. Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, en sentencia del 28 de octubre de 2010, revocó la del juzgado y ordenó a la sociedad Finca S. A. «reintegrarla al cargo que desempeñaba al momento del despido, junto con el pago de todos los derechos salariales y prestacionales, dejados de percibir durante el tiempo cesante» descontando el valor de la indemnización por despido y absolvió de lo demás.
Tanto la demandante L.M. de A.S. como la demandada Finca S. A. interpusieron recurso de casación, que fue admitido por la Corte en auto del 17 de julio de 2012. Cada una de las...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba