AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 96435 del 25-01-2018 - Jurisprudencia - VLEX 873949333

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 96435 del 25-01-2018

Sentido del falloRECHAZA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 96435
Número de sentenciaATP268-2018
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Fecha25 Enero 2018
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO

MAGISTRADO PONENTE



ATP268-2018

R.icación No. 96435

Acta No. 017


Bogotá D. C., enero veinticinco (25) de dos mil dieciocho (2018).


1. VISTOS:


Resuelve la Sala lo pertinente en relación con la acción de tutela interpuesta por el ciudadano JOSÉ ALEXANDER CEBALLOS OSORIO, en procura de amparo para los derechos fundamentales al debido proceso y defensa, presuntamente vulnerados por la Fiscalía General de la Nación y el Juzgado 3º Penal del Circuito de Manizales. Actuación que se hizo extensiva a la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de este último Distrito Judicial.


2. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:


1. De la información que reposa en la presente actuación se pudo establecer que previo el agotamiento del procedimiento establecido en la Ley 906 de 2004, el Juzgado 3º Penal del Circuito de Manizales condenó al ciudadano JOSÉ ALEXANDER C.O. a la pena principal de 12 años y 06 meses de prisión al ser encontrado autor penalmente responsable de los delitos de acceso carnal violento e incesto, y le negó cualquier beneficio o sustituto de la pena por expresa prohibición.


2. Inconforme con esa decisión el defensor del procesado la recurrió y solicitó se declarara la nulidad de todo lo actuado porque su defendido fue acusado por hechos que dijo la Fiscalía General de la Nación ocurrieron el 13 de julio de 2011, pero resultó condenado por los mismos pero presentados en agosto de esa misma anualidad, por lo que con fundamento en la primera fecha estructuró su estrategia defensiva, presentando documentos y testimonios que daban cuenta que para ese momento su asistido estaba fuera de esa ciudad, lo que codujo a que se vulnerara el debido proceso.

De manera subsidiaria, solicitó se absolviera al procesado en aplicación del principio del in dubio pro reo.


3. Al resolver el recurso de apelación, la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Manizales previo el estudio del acervo probatorio, la normatividad, la jurisprudencia nacional que consideró aplicable al caso, y atender uno a uno los planteamientos de la parte recurrente, el 19 de enero de 2015 la confirmó. Fallo que a pesar de haber sido notificado en estrados ninguno de los interviniente lo impugnó en casación.


4. El señor J.A.C.O. acudió al Juez de tutela porque considera que en la actuación penal que cursó en su contra por los delitos de acceso carnal violento e incesto se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR