AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 90484 del 21-02-2017 - Jurisprudencia - VLEX 874006405

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 90484 del 21-02-2017

Sentido del falloRECHAZA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaATP979-2017
Fecha21 Febrero 2017
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 90484
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No. 3



PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR MAGISTRADA PONENTE ATP979-2017 Radicación No.: 90484 Acta No. 48



Bogotá D. C., veintiuno (21) de febrero de dos mil diecisiete (2017)



VISTOS



Sería del caso pronunciarse sobre la demanda de tutela promovida por E.C.R., contra la SALA DE CASACIÓN LABORAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, si no fuera porque se evidencia que se trata de una actuación temeraria, como se pasa a explicar.



ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS



Indica ESNEDA CUERO RENGIFO que desde el 9 de julio de 2013, el proceso con radicación 2007 – 0019401 se encuentra en la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en turno para que se resuelva la demanda de casación formulada contra la sentencia de segunda instancia que dispuso disminuir el monto de la pensión de vejez que le había sido asignada.


Afirma que la mora en que ha incurrido esa Sala para resolver el recurso extraordinario es lesiva de sus derechos fundamentales, pues padece diversas enfermedades, es persona de la tercera edad y sus recursos son escasos, lo que, sumado al porcentaje de la prestación que le fue disminuido afecta sus garantías.


Pide el amparo de sus derechos y en ese sentido, que se ordene a la autoridad accionada emitir la sentencia que en derecho corresponda.



CONSIDERACIONES



En este caso se presenta una actuación temeraria y la nueva demanda que formuló ESNEDA CUERO RENGIFO reúne los requisitos definidos por la jurisprudencia de la Corte Constitucional para ser considerada una actuación de tal categoría, como lo explicó el Alto Tribunal en sentencia CC T-556/10 al referir que ello ocurre:


cuando existe (i) identidad de partes; (ii) identidad de causa petendi; (iii) identidad de objeto; (iv) ausencia de un argumento válido que permita convalidar la duplicidad en el ejercicio de la acción, es decir, mala fe o abuso del derecho de acceso a la administración de justicia. Surgiendo como consecuencia en caso de que llegue a configurarse la temeridad, el rechazo o la decisión desfavorable de todas las solicitudes de tutela, teniendo el juez la posibilidad de imponer las sanciones a que haya lugar.


Existe temeridad en este caso, porque mediante fallo CSJ STP9860 del 12 de julio de 2016, la Sala de Tutelas No. 1 de la Sala de Casación Penal se pronunció sobre demanda formulada por la ahora accionante, con idénticas pretensiones a las...

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