AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 99693 del 24-07-2018
Sentido del fallo | REVOCA SANCIÓN POR DESACATO |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 24 Julio 2018 |
Número de expediente | T 99693 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Santa Marta |
Tipo de proceso | INCIDENTE DE DESACATO |
Número de sentencia | ATP1524-2018 |
LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO
Magistrado Ponente
ATP1524-2018
Radicación n° 99693
Acta 245
Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de julio de dos mil dieciocho (2018).
ASUNTO
Se pronuncia la Sala, en grado de consulta, sobre el incidente de desacato promovido por el apoderado de L.E.J.M., contra el Fiscal 16 Delegado ante los Jueces Penales del Circuito de S.M., el cual culminó con providencia del 3 de julio del año en curso dictada por la Sala Penal del Tribunal Superior de la citada ciudad, mediante la cual impuso sanción al D.M.E.S.G., titular del aludido Despacho, consistente en 3 días de arresto y multa de 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
ANTECEDENTES
Los documentos incorporados al expediente reportan la siguiente información
1. L.E.J.M., a través de apoderado, acudió a la acción de tutela en procura de la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, petición, buen nombre, trabajo e igualdad, pues, entre otros aspectos, sostuvo no haber recibido contestación a la solicitud radicada en la Fiscalía 16 Seccional de Santa Marta el 4 de enero de 2018.
2. Mediante sentencia del 18 de mayo último, la Sala Penal del Tribunal Superior de la citada ciudad tuteló el derecho de petición deprecado por J.M.. Consecuente con ello ordenó “…a la Fiscalía 16º Seccional de Santa Marta que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación del presente proveído proceda a resolver de fondo, de forma clara, congruente y efectiva la petición incoada por el señor L.C.(.J. MAYOR el día cuatro (4) de enero de la anualidad cursante.”
3. La apoderada del demandante propuso incidente de desacato tras aducir que el funcionario obligado no había atendido la orden de tutela, y una vez cumplido el trámite pertinente, en providencia del 3 de julio del año en curso dictada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Santa Marta, se impuso sanción al Dr. M.E.S.G., en su condición de Fiscal Dieciséis Seccional de dicha capital, consistente en arresto de 3 días y multa de 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
3.1. Confrontadas la orden dada en el fallo constitucional y las pretensiones del petente en el respectivo escrito con la respuesta ofrecida por el funcionario adscrito a la Fiscalía accionada, que se concretó a indicar que se había ordenado a la Policía Judicial la agilización de las pesquisas y de solicitar audiencia de restablecimiento del derecho, lo cual le fue...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba