AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 7600122030002016-00852-01 del 11-07-2018 - Jurisprudencia - VLEX 874044213

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 7600122030002016-00852-01 del 11-07-2018

Sentido del falloCONFIRMA SANCIÓN POR DESACATO
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Fecha11 Julio 2018
Número de expedienteT 7600122030002016-00852-01
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil de Cali
Tipo de procesoINCIDENTE DE DESACATO
Número de sentenciaATC1391-2018
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE

Magistrado ponente


ATC1391-2018

Radicación n° 76001-22-03-000-2016-00852-01

(Aprobado en sesión de once de julio de dos mil dieciocho)


Bogotá, D. C., once (11) de julio de dos mil dieciocho (2018).

Decide la Corte el grado jurisdiccional de consulta del proveído de 5 de los corrientes mes y año, proferido por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, por medio del cual sancionó por desacato al Brigadier General Germán López Guerrero, en su condición de Director de Sanidad del Ejército Nacional, por incumplir el fallo de tutela emitido el 23 de noviembre de 2016.


ANTECEDENTES


1.- El a quo amparó el derecho a la salud de D.F.O.S. en la acción constitucional que le instauró a la Dirección de Sanidad del Ejército Nacional, disponiendo que ésta “adelante todas las gestiones administrativas y operativas necesarias para autorizarle el procedimiento médico denominado ‘resonancia nuclear magnética de columna con contraste’; e igualmente deberá prestarle y garantizarle el servicio médico integral que requiera el accionante en razón a las patologías de ‘fractura de la columna vertebral nivel no especificado, lumbago no especificado e infección de vías urinarias sitio no especificado´ tales como medicamentos, terapias, etc. que se derivan de tales patologías” (fls. 5 al 7).


2.- El gestor informó la desatención de la sentencia como quiera que luego de habérsele realizado la resonancia, fue desvinculado del sistema de salud, quedando desprotegido, sin que se le ofrezca la atención de las enfermedades por las que acudió al resguardo (1° jun. 2018), folio 1 fte. y vto.


3.- El Tribunal, previo requerimiento al obligado con el imperativo judicial para que lo atendiera, esto es, al Brigadier General Germán López Guerrero - Director de Sanidad del Ejército Nacional (5 jun.), le abrió incidente exhortándolo para que ejerciera su defensa (20 jun.). Posteriormente lo castigó con tres (3) días de arresto y multa equivalente a cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes (5 jul.).

4.- El expediente fue remitido a esta Colegiatura para desatar la consulta.


CONSIDERACIONES


1.- Atendida la naturaleza y los principios que orientan la salvaguarda, el desacato se instituyó como un instrumento jurídico adicional a dicha forma excepcional de protección, dirigido al particular objetivo de sancionar al accionado en caso de que no...

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