AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº 69751 del 14-03-2018 - Jurisprudencia - VLEX 874053520

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº 69751 del 14-03-2018

Sentido del falloDEVUELVE EXPEDIENTE
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de expediente69751
Número de sentenciaAL1017-2018
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Cartagena
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
Fecha14 Marzo 2018


LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

Magistrado ponente



AL1017-2018

Radicación n.° 69751

Acta 09


Bogotá D.C., catorce (14) de marzo de dos mil dieciocho (2018).


ÁLCALIS DE COLOMBIA LIMITADA EN LIQUIDACIÓN vs. ÁLVARO ANDRÉS MUÑOZ VÉLEZ.


  1. ANTECEDENTES


Mediante auto del 25 de febrero de 2015, esta Corporación admitió el recurso, y corrió traslado a la parte recurrente dentro del término legal.


La apoderada de Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. Fiducoldex S.A., como vocera del Patrimonio Autónomo ante la liquidación definitiva de Álcalis de Colombia Limitada, presentó escrito el 6 de julio de 2015, en el que informo que, «fueron entregados 6 cuadernos de 20, 10, 60, 65, 17 y 377 folios»; sin embargo, observó que hacía falta la sentencia de primera instancia, decisión que al parecer está en un cuaderno que tiene más de 770 folios, conforme se advierte en el antecedente citado en la sentencia proferida por el Tribunal de Descongestión de Santa Marta, el 30 de octubre de 2012, en la que a pie de página citan un cuaderno con 774 folios (f 4 del cuaderno del Tribunal), el cual no fue entregado por la Corte el 11 de junio de 2015; en consecuencia, solicitó que se suspendiera el término para presentar la demanda de casación y se hiciera efectivo la entrega del cuaderno faltante.


En observancia de lo anterior, por proveído del 5 de octubre de 2016, se ordenó «que por Secretaría se oficie al Tribunal Superior Distrito Judicial de Cartagena, S.L., para que en el término de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de esta providencia, remita a esta Corporación el cuaderno echado de menos, dentro del proceso que instauró Álvaro Andrés Muñoz Vélez contra Álcalis de Colombia Limitada en Liquidación». El Secretario del Tribunal Superior de Cartagena, mediante oficio nº 2735, respondió, que el cuaderno solicitado pertenece a un expediente remitido a la Corte el 22 de octubre de 2014, fecha para la cual no aparecen registros en el Sistema de Consulta siglo XXI, ni en el libro radicador; igualmente, manifiesta que se ofició a la Oficina Judicial para que certificara el número de cuadernos y folios con que fue repartido el proceso de la referencia, y el jefe de esa dependencia, respondió la petición, indicando « que el reparto en comento se hizo con un cuaderno y 571 folios.»



  1. CONSIDERACIONES


Previamente a adoptar la decisión que corresponda, debe advertir la Sala que de conformidad con el escrito del 22 de...

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