AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 97302 del 01-03-2018
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de sentencia | STP3012-2018 |
Fecha | 01 Marzo 2018 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Número de expediente | T 97302 |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS nº 1
FERNANDO LEÓN BOLAÑOS PALACIOS
Magistrado ponente
STP3012-2018
Radicación n° 97302
Acta 68.
Bogotá, D.C., primero (1) de marzo de dos mil dieciocho (2018).
- VISTOS
Procede la Corte a resolver la acción de tutela presentada por HERNANDO H.G. contra la Sala Penal del Tribunal Superior de B., y los Juzgados Tercero Penal Municipal con Función de Control de Garantías de la misma ciudad y Promiscuo del Circuito de San Vicente de Chucurí (Santander), por la presunta vulneración de sus derechos al debido proceso y la defensa, trámite al que fueron vinculados como terceros con interés legítimo para intervenir, las demás partes e intervinientes dentro del proceso fundamento del amparo.
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HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
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Ante el Juzgado Tercero Penal Municipal con Función de Control de Garantías de B., se llevaron a cabo las audiencias de legalización de captura –flagrancia-y formulación de imputación contra H.H.G..
La Fiscalía endilgó al mencionado ciudadano, la presunta autoría del delito de violencia contra servidor público –artículo 429 del Código Penal-, cargos a los que se allanó.
El ente acusador se abstuvo de solicitar la imposición de medida de aseguramiento, por lo cual recobró su libertad.
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En tal virtud, el expediente fue asignado al Juzgado Promiscuo de Circuito de San Vicente de Chucurí (Santander), ante quien se cumplió la audiencia de individualización de pena y se dictó sentencia el 8 de febrero de 2016, mediante la cual condenó al procesado a las penas principales de 42 meses de prisión, así como a la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término de la sanción privativa de la libertad, como autor de la conducta punible por la que se allanó.
De igual forma, le negó el subrogado de la suspensión condicional de la ejecución de la pena y el mecanismo sustitutivo de la prisión domiciliaria, disponiendo librar orden de captura en su contra para el cumplimiento de la sanción.
2.3. Apelado el fallo por el defensor del incriminado, en providencia adiada 10 de octubre de 2016, la Sala Penal del Tribunal Superior de B., lo confirmó en su integridad.
2.4. El señor H.G., acude a la tutela con los siguientes fundamentos:
La manifestación de allanamiento presentó un vicio en el...
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